Normograma

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 1297 DE 2003

(mayo 28)

Diario Oficial No. 45.207 de 3 de junio de 2003

<Nota: esta norma no incluye análisis de vigencia completo>

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1392 de 2006>

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

Por la cual se amplía el plazo para la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura a laboratorios productores de biológicos veterinarios.

Resumen de Notas de Vigencia

EL SUBGERENTE DE PROTECCIÓN Y REGULACIÓN PECUARIA DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO, ICA,

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en la Resolución 1476 del 27 de junio de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución ICA 1218 del 12 de junio de 2002 amplió hasta por el término de un año a partir del 16 de mayo de 2002 el plazo para la obtención de la certificación del ICA en Buenas Prácticas de Manufactura vigentes (BPMV) por parte de los laboratorios productores de medicamentos y biológicos veterinarios;

Que por Resolución ICA 749 del 26 de marzo de 2003 se adoptó el Reglamento Técnico de Seguridad Biológica para Manipulación del virus de la Fiebre Aftosa y se concedió un plazo de dos años para su cumplimiento;

Que es necesario proteger las áreas libres de la introducción del Virus de la Fiebre Aftosa por escape del mismo de laboratorios que lo manipulan en actividades de diagnóstico, investigación, producción de vacunas y control de calidad de las mismas;

Que teniendo en cuenta la prioridad de cumplir con Bioseguridad para el virus de Fiebre Aftosa y la complementariedad que existe entre la ejecución de las actividades para este cumplimiento y el de las BPMV por parte de los laboratorios que manipulan este virus, se estima pertinente ampliar el plazo para la certificación en BPM <sic>,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1392 de 2006> Ampliar hasta el 20 de mayo de 2006 el plazo para la obtención de la certificación del ICA en Buenas Prácticas de Manufactura vigentes(BPMV) por parte de los laboratorios productores de biológicos veterinarios.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1392 de 2006> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de mayo de 2003.

La Subgerente de Protección y Regulación Pecuaria,

LUZ ALBA CRUZ DE URBINA.

Ir al inicio

Guía de uso normograma Invima
logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.
"Normograma del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA"
Última actualización: 30 de agosto de 2024 - (Diario Oficial No. 52.847 - 13 de agosto de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.