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ACUERDO 13 DE 2008

(octubre 29)

Diario Oficial No. 47.193 de 4 de diciembre de 2008

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

Por medio del cual se adiciona el parágrafo 2o del artículo 28 del Acuerdo 15 de 2007.

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO, ICA,

en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 15 del Acuerdo 8 de 2001, y

CONSIDERANDO:

De conformidad con la Resolución 3278 de 2008 del Instituto Colombiano Agropecuario, la expedición de guías de movilización interna por parte del ICA podrá realizarse a través del sistema Nacional web de Movilización y Comercialización Ganadera, en los puntos de atención al usuario que se establezcan en las organizaciones gremiales ganaderas;

Que para facilitar el pago de las Guías Sanitarias de Movilización Interna que se expidan en desarrollo de la resolución antes mencionada, se considera conveniente realizar ajustes al parágrafo 2o del artículo 28 del Acuerdo;

En virtud lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adiciónese un inciso al parágrafo 2o del artículo 28 del Acuerdo 015 de 2007, con el siguiente texto:

“Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, las Organizaciones Gremiales Ganaderas autorizadas por el ICA para atender los trámites operativos para la expedición de las Guías Sanitarias de Movilización Interna bajo el marco de convenios de cooperación, podrán pagar anticipadamente el costo de un número plural de estas Guías, efectuando la consignación a nombre de la organización gremial respectiva en la cuenta designada por el ICA.

Sobre los valores consignados se irán descontando los valores correspondientes a las guías tramitadas y el ICA ejercerá seguimiento y control de los pagos mediante los mecanismos que implemente para el efecto”.

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ARTÍCULO 2o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de octubre de 2008.

El Presidente,

JUAN CAMILO SALAZAR RUEDA.

La Secretaria,

ITALA RODRÍGUEZ SUÁREZ.

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