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 RESOLUCION 703 DE 2002

(abril 1o.)

Diario Oficial No 44.760, de de abril de 2002

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 329 de 2001 derogada por el artículo 25 de la Resolución 3823 de 2013>

por la cual se amplía el término concedido en la Resolución 329 de 2001, para el registro de laboratorios que realicen análisis de los insumos agrícolas que producen, presten servicios a terceros o realicen análisis de residuos de plaguicidas.

Resumen de Notas de Vigencia

EL GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO, ICA,

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Decretos 2141 de 1992, 2645 de 1993, 1840 de 1994 y 1454 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 329 de febrero 27 de 2001, se establecieron los requisitos para el registro de laboratorios que realicen análisis de los insumos agrícolas que producen, presten este servicio a terceros o realicen análisis de residuos de plaguicidas;

Que algunas Empresas, teniendo en cuenta que el plazo concedido de doce (12) meses para cumplir lo señalado en la resolución vence el 28 de marzo de 2002, solicitaron al ICA ampliación del mismo para actualizar los respectivos registros,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución 329 de 2001 derogada por el artículo 25 de la Resolución 3823 de 2013> Ampliar seis (6) meses a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial, el plazo establecido en la Resolución 329 de 2001, para que las empresas actualicen los registros de los respectivos laboratorios.

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ARTÍCULO 2o.  La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 1o. de abril de 2002.

El Gerente General,

ALVARO JOSÉ ABISAMBRA ABISAMBRA.

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