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RESOLUCIÓN 99961 DE 2021

(julio 1)

Diario Oficial No. 51.723 de 2 de julio de 2021

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

Por la cual se levantan las medidas sanitarias de emergencia adoptadas para la importación de equinos procedentes de Europa, o de países afectados por la presentación de la enfermedad conocida como Rinoneumonia Equina (HVE-1).

LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA),

en ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, de las conferidas por el Decreto número 4765 de 2008, y el artículo 2.13.2.5.2, del Decreto número 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), es la autoridad responsable de proteger la sanidad animal en Colombia y coordinar las acciones relacionadas con programas de prevención, control, erradicación y manejo de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria o de interés económico nacional, con el fin de prevenir la introducción y propagación de enfermedades que puedan afectar al sector agropecuario nacional.

Que de conformidad con el artículo 2.13.2.5.1, del Decreto número 1071 de 2015, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), podrá emitir medidas sanitarias de emergencia, cuando existan o amenacen existir problemas urgentes de protección sanitaria y fitosanitaria.

Que en febrero de 2021, el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete (Laboratorio Nacional de Referencia para enfermedades equinas), confirmó un brote de Rinoneumonía Equina (HVE-1) en un centro hípico localizado en el municipio de Godella (Valencia, España), donde se celebró una competencia internacional de salto ecuestre. El evento sanitario fue comunicado a la OIE, a través del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación del Reino de España.

Que en consecuencia, el ICA mediante Resolución número 092914 del 19 de marzo de 2021, estableció las medidas sanitarias de emergencia para la importación de equinos procedentes de Europa o de países afectados por la presentación de la enfermedad conocida como Rinoneumonía Equina (HVE-1), por un término de seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de la citada Resolución número, entre las cuales se encuentran, la obligación de cumplir con los protocolos establecidos por los países y la obtención de resultado negativo a una prueba PCR para el virus EHV.

Que el día 16 de abril de 2021, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), del Reino de España, mediante un informe técnico ha informado a la comunidad internacional y a sus homólogos sanitarios, el cierre de todos los casos derivados del brote de Rinoneumonía Equina (HVE-1).

Que a la fecha, en el marco de las medidas sanitarias adoptadas, han ingresado a Colombia equinos procedentes de Europa, a los cuales se les ha realizado el respectivo seguimiento clínico y de laboratorio con resultados negativos al virus Rinoneumonía Equina (HVE-1).

Que el parágrafo 2 del artículo 2.13.2.5.2, del Decreto número 1071 de 2015, estipula que: “(…) Finalizada la emergencia y, en todo caso, en un plazo que no excederá de doce (12) meses luego de la expedición de un reglamento técnico, medida sanitaria o fitosanitaria de emergencia, la entidad que la expidió deberá derogarla (…)”.

Que al haber desaparecido lo fundamentos que dieron lugar al establecimiento de las medidas sanitarias de emergencia para la importación de equinos procedentes de Europa o de países afectados por la presentación de la enfermedad conocida como Rinoneumonía Equina (HVE-1), se hace encuentra procedente levantar estas medidas, así como ordenar la derogatoria de la Resolución número ICA 092914 del 19 de marzo de 2021.

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Levantar las medidas sanitarias de emergencia para la importación de equinos procedentes de Europa o de países afectados por la presentación de la enfermedad conocida como Rinoneumonía Equina (HVE-1), adoptadas mediante Resolución número 092914 del 19 de marzo de 2021, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución número 092914 del 19 de marzo de 2021 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 1 de julio de 2021.

La Gerente General,

Deyanira Barrero León.

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