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RESOLUCIÓN 97679 DE 2021

(mayo 21)

Diario Oficial No. 51.684 de 24 de mayo de 2021

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

Por medio de la cual se modifica el artículo 14 de la Resolución ICA 75495 del 15 de septiembre de 2020.

LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA),

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 4o del Decreto 3761 de 2009 y el numeral 1 del artículo 2.13.1.3.1 del Decreto 1071 de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es el responsable de coordinar las acciones relacionadas con los programas de prevención, control, erradicación y manejo de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria o de interés económico nacional o local, para lo cual puede establecer las acciones que sean necesarias;

Que la Brucelosis bovina producida por Brucella abortus, es una enfermedad zoonótica que afecta a varias especies, siendo la bovina y bufalina las más susceptibles, causando importantes pérdidas económicas en la producción ganadera del país, lo cual hace necesario establecer las medidas sanitarias frente a esta enfermedad;

Que la Brucelosis es una de las enfermedades de interés nacional cuya presencia en cualquier especie animal es de declaración obligatoria y se encuentra sujeta a un programa oficial para su prevención y control;

Que el ICA expidió la Resolución 75495 de 2020, con el fin de establecer las medidas sanitarias para la prevención y control de la Brucella abortus en las especies bovina, bufalina, ovina, caprina, porcina y équida dentro del territorio nacional;

Que con el fin de fortalecer los estudios de la vigilancia epidemiológica complementaria que el ICA debe realizar como soporte al programa de prevención y control, se identificó la necesidad de modificar el protocolo de diagnóstico para las muestras serológicas;

Que teniendo en cuenta la importancia de implementar un protocolo en serie con los métodos serológicos disponibles para el diagnóstico oficial de Brucelosis bovina ocasionada por Brucella abortus, que permita correlacionar los resultados obtenidos para llegar a la confirmación de los animales positivos a Brucelosis bovina y por ende establecer las condiciones sanitarias de los animales muestreados, se hace necesario modificar el artículo 14 de la Resolución ICA 75495 de 2020;

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN. Modifíquese el artículo 14 de la Resolución ICA 75495 del 15 de septiembre de 2020, el cual quedará así:

“Artículo 14. Protocolo serológico en serie para el diagnóstico de la brucelosis. Para el análisis y confirmación en suero sanguíneo de animales positivos a Brucelosis bovina, se emplearán protocolos en serie de las pruebas indicadas en el Artículo 12 de la presente resolución, según la especie y de la siguiente manera:

Especie Prueba Tamiz Prueba Confirmatoria Inicial Prueba Confirmatoria Final
Bovinos Rosa de Bengala Fluorescencia Polarizada ELISA Competitiva
 ELISA Indirecta
Fluorescencia Polarizada No Aplica
Búfalos Rosa de Bengala Fluorescencia Polarizada ELISA Competitiva
Fluorescencia Polarizada No Aplica
Ovinos, Caprinos y Porcinos Rosa de Bengala No Aplica ELISA Competitiva
Equinos Rosa de Bengala No Aplica Fijación de Complemento

PARÁGRAFO. Con el fin de fortalecer los estudios de la vigilancia epidemiológica complementaria que el ICA debe realizar como soporte al programa de prevención y control, el ICA asumirá los costos del procesamiento y análisis por la prueba de ELISA Competitiva de las muestras de suero sanguíneo que resulten sospechosas o positivas a la prueba de Fluorescencia Polarizada, tanto de las muestras oficiales como particulares.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica el artículo 14 de la Resolución ICA 75495 de 2020.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de mayo de 2021.

La Gerente General,

Deyanira Barrero León.

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