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RESOLUCIÓN 3910 DE 2013

(septiembre 11)

Diario Oficial No. 48.916 de 17 de septiembre de 2013

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

Por la cual se derogan las Resoluciones números 1277 de 2004, 4258 y 5238 de 2009.

LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA),

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 y 23 del artículo 12 del Decreto número 4765 de 2008.

CONSIDERANDO:

Que Colombia mediante la Ley 170 de 15 de diciembre de 1994, aprobó el Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio, OMC, sobre aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, MSF, cuyo propósito primordial es proteger la vida, la salud de las personas, de los animales y la preservación de los vegetales.

Que mediante Ley 489 de 1998 se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, crea el Sistema de Desarrollo Administrativo entendido como el conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos, y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional.

Que el Decreto número 2482 de 2012, establece la eficiencia administrativa como una política de desarrollo administrativo, orientada a identificar, racionalizar, simplificar y automatizar trámites, procesos, procedimientos y servicios, así como optimizar el uso de recursos, con el propósito de contar con organizaciones modernas, innovadoras, flexibles y abiertas al entorno, con capacidad de transformarse, adaptarse y responder en forma ágil y oportuna a las demandas y necesidades de la comunidad, para el logro de los objetivos del Estado.

Que el Decreto número 4765 de 2008, artículo 6o establece como función general del Instituto, adoptar, de acuerdo con la Ley, las medidas sanitarias y fitosanitarias, que sean necesarias para hacer efectivo, el control de la sanidad animal y vegetal y la prevención de riesgos biológicos y químicos.

Que el mencionado decreto, en sus artículos 11, 18, 19, 20 y 21 establece los órganos de asesoría y coordinación dentro de la estructura del Instituto y las funciones de la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria y sus Direcciones Técnicas respectivamente, con el fin de proyectar las medidas sanitarias y fitosanitarias, MSF, en coordinación con las demás subgerencias técnicas y con base en evaluaciones de riesgo sanitarios y fitosanitarios.

Que las Resoluciones ICA números 1277 de 2004, 4258 y 5238 de 2009, establecen procedimientos para el análisis de riesgos de plagas de los vegetales y enfermedades de los animales, crean los comités de importaciones y de asuntos internacionales, respectivamente y establecen actividades y funciones a los comités para la importación y exportación de productos agropecuarios, coordinación de acuerdos y tratados internacionales, análisis de asuntos sanitarios y fitosanitarios de carácter internacional, entre otros; funciones y procedimientos competencia de la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria y sus Direcciones Técnicas, según Decreto número 4765 de 2008.

Que es necesario modernizar, armonizar, racionalizar y actualizar la normativa del Instituto, para fortalecer la gestión, la coordinación institucional en el ejercicio de funciones entre sus dependencias, que faciliten el cumplimiento de los planes programas y proyectos.

Que en virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Derogar las Resoluciones números 1277 de 2004, 4258 y 5238 de 2009.

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ARTÍCULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas aquellas que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C. a 11 de septiembre de 2013.

El Gerente General,

TERESITA BELTRÁN OSPINA.

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