Normograma

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 1296 DE 2005

(mayo 5)

Diario Oficial No. 45.904 de 10 de mayo de 2005

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

<NOTAS DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1037 de 2012>

Por la cual se reglamenta la movilización de Arroz Paddy y Arroz Blanco desde las zonas fronterizas hacia el interior del país.

Resumen de Notas de Vigencia

EL GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO, ICA,

en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por los Decretos 2141 de 1992, 1840 de 1994 el Acuerdo 0008 de 2001,y

CONSIDERANDO:

Que es función del InstitutoColombiano Agropecuario, ICA, velar por la sanidad agropecuaria del país a finde prevenir la introducción y propagación de plagas que puedan afectar laagricultura y la ganadería;

Que las movilizacionesincontroladas de productos agropecuarios de la zona de frontera hacia elinterior del país constituyen grave riesgo para la sanidad vegetal;

Que estos materiales o subproductos pueden se portadores deplagas de importancia económica;

Que la presencia de nuevas plagas en el territorio nacionalincidirá gravemente en lasostenibilidaddel sistemade producción arroz y otros cultivos;

Que el ICA, conjuntamente con las autoridades aduaneras, depolicía y con los gremios, ha concertado un plan estratégico para hacer delcultivo del arroz y de las actividades derivadas del mismo un negociocompetitivo rentable, de bajo riesgo sanitario y sostenible en todas las áreasdel cultivo;

Que corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario, ICA,velar por lanormatizaciónpara el desarrollo deacciones defitosanidade inocuidad de alimentos,mediante hechos relacionados con campañas de prevención, control, erradicación ymanejo de plagas que afectan las especies cultivadas y la inocuidad de alimentosde origen agropecuario,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1037 de 2012> Establecer como requisito obligatorio previola"licencia fitosanitaria para movilización de material vegetal"expedida por el ICA, para la movilización de ArrozPaddyy Arroz Blanco desde las zonas fronterizas con destinoal interior del país.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado por el artículo 1 de la Resolución 1923 de 2005.>

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1037 de 2012> Los funcionarios del ICA procederán a realizarla inspección física del producto y de acuerdo con su estado sanitario expediránla correspondiente licencia fitosanitaria.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1037 de 2012> Para el cumplimiento de lo previsto en lapresente resolución los funcionarios del ICA gozarán en el desempeño de susfunciones del amparo y protección de las autoridades civiles y militares de laNación y tendrán carácter de Policía Sanitaria de conformidad con lo establecidocon el parágrafo único del artículo 65 de la Ley 101 de 1993 y el artículo 14 del Decreto 1840 de 1994.

Ir al inicio

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1037 de 2012> La violación de las disposiciones legalesestablecidas en la presente resolución y demás que se deriven de la misma, seránsancionadas mediante resolución motivada que expida el ICA, de conformidad conel Decreto 1840 de 1994.

Ir al inicio

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1037 de 2012> La presente resolución rige a partir de supublicación en el Diario Oficial.

Comuníquese y cúmplase.

5 de mayo de 2005.

El Gerente General,

JUAN ALCIDES SANTAELLA GUTIÉRREZ.

Ir al inicio

Guía de uso normograma Invima
logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.
"Normograma del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA"
Última actualización: 30 de agosto de 2024 - (Diario Oficial No. 52.847 - 13 de agosto de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.