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CIRCULAR EXTERNA 4 DE 2006

(enero 11)

Diario Oficial No. 46.150 de 13 de enero de 2006

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SEÑORES: USUARIOS Y FUNCIONARIOS MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

ASUNTO: Resolucion 3865 de 2005, se exonera de documento zoosanitario de importación a productos para consumo humano que ingresen como equipaje acompañado

Para su conocimiento y fines pertinentes, de manera atenta se informa que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, expidió la Resolución 3865 del 20 de diciembre de 2005, a través de la cual se establece que no requieren documento zoosanitario de importación ni certificado de origen los productos de origen animal para consumo humano que ingresen a Colombia como equipaje acompañado, relacionados a continuación:

 Embutidos y productos cárnicos cocidos

 Embutidos y productos cárnicos curados

 Jamones cocidos deshuesados

Jamones serranos deshuesados

Jamones ibéricos deshuesados

Jamones italianos madurados deshuesados

Jamones madurados deshuesados

Quesos madurados, fundidos y untables

Miel procesada o pasteurizada

Camarones precocidos.

La Resolución 3865 comenzó a regir a partir del 22 de diciembre de 2005, fecha de publicación en el Diario Oficial número 46.130.

Cordialmente,

RAFAEL ANTONIO TORRES MARTÍN,

Director de Comercio Exterior.

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