CIRCULAR EXTERNA 4 DE 2006
(enero 11)
Diario Oficial No. 46.150 de 13 de enero de 2006
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SEÑORES: USUARIOS Y FUNCIONARIOS MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
ASUNTO: Resolucion 3865 de 2005, se exonera de documento zoosanitario de importación a productos para consumo humano que ingresen como equipaje acompañado
Para su conocimiento y fines pertinentes, de manera atenta se informa que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, expidió la Resolución 3865 del 20 de diciembre de 2005, a través de la cual se establece que no requieren documento zoosanitario de importación ni certificado de origen los productos de origen animal para consumo humano que ingresen a Colombia como equipaje acompañado, relacionados a continuación:
Embutidos y productos cárnicos cocidos
Embutidos y productos cárnicos curados
Jamones cocidos deshuesados
Jamones serranos deshuesados
Jamones ibéricos deshuesados
Jamones italianos madurados deshuesados
Jamones madurados deshuesados
Quesos madurados, fundidos y untables
Miel procesada o pasteurizada
Camarones precocidos.
La Resolución 3865 comenzó a regir a partir del 22 de diciembre de 2005, fecha de publicación en el Diario Oficial número 46.130.
Cordialmente,
RAFAEL ANTONIO TORRES MARTÍN,
Director de Comercio Exterior.
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