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RESOLUCIÓN 5160 DE 2015

(noviembre 30)

Diario Oficial No. 49.713 de 1 de diciembre de 2015

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por medio de la cual se modifica la Resolución 1615 de 2015.

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el artículo 27 del Decreto 1575 de 2007, el numeral 30 del artículo 2o del Decreto-ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 1615 de 2015, este Ministerio autorizó a algunos laboratorios para la realización de análisis físicos, químicos y microbiológicos al agua para consumo humano, previa calificación del cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 27 del Decreto 1575 de 2007 por parte del Instituto Nacional de Salud.

Que mediante comunicación radicada con el número 201542301434832, la doctora Omayda Cárdenas Bustamante, en su calidad de coordinadora del grupo de Salud Ambiental del Instituto Nacional de Salud, solicitó incluir al laboratorio Wáter Technology Eng SAS., ubicado en la ciudad de Cali, Valle del Cauca, debido a que el sistema donde se encuentra la base de datos de los laboratorios participantes en el Programa Interlaboratorio de Control de Calidad de Agua Potable (PICCAP), presentó inconvenientes y no fue incluido dentro de los laboratorios autorizados para la realización de análisis físicos y químicos al agua para consumo humano.

Que la doctora Claudia Yaneth Carrillo Villamizar, en su calidad de directora técnica del laboratorio Nulab Ltda., solicitó, mediante comunicación radicada con el número 201542301364392, se corrigiera la citada Resolución 1615 de 2015, precisando que la compañía que representa se encuentra ubicada en la ciudad de Bogotá, D. C., y no en la ciudad de Montería.

Que en este orden de ideas, se hace necesario modificar el acto administrativo precitado incluyendo, en el artículo 2, el laboratorio Wáter Technology Eng SAS., y corregir, con fundamento en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el error formal en el que se incurrió al no dividir los laboratorios autorizados en el departamento de Córdoba de los de la ciudad de Bogotá, D. C.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Corríjase la página 6 de la Resolución 1615 de 2015, en el sentido de diferenciar en la tabla, los laboratorios autorizados para análisis físicos, químicos y microbiológicos al agua para consumo humano, del departamento de Córdoba de los de la ciudad de Bogotá D.C., la cual quedará así:

Laboratorio, Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A. E.S.P Planta El Tablazo Alto Cauca Cauca Popayán
Laboratorio Departamental de Salud Pública del Cauca -- Carrera 9 Calle 18 Esquina - Antigua Perrera Barrio El Dean  
Laboratorio, Fundación Centro Regional de Análisis Ambientales Carrera 12 Entre Calles 18 Y 20 Urb. Villa Kela Santander de Quilichao
Laboratorio, Emquilichao E.S.P. - Calle 2B No 6-49  
Laboratorio de Salud Pública Departamental del Cesar Transversal 18 No 19-65 Barrio Las Delicias Cesar Valledupar
Laboratorio, Emdupar S.A. E.S.P. - Calle 15 No 15-40  
Laboratorios Nancy Flórez García S.A.S. - Carrera 15 No 13 C-72  
Laboratorio de Aguas de Codechocó Carrera 1 No 22 - 96 Chocó Quibdó
Laboratorio de Salud Pública de Córdoba Calle 23 Carrera 15 B/ Costa De Oro Córdoba Montería
Laboratorio, Centro de Aseguramiento de la Calidad de Aguas y Alimentos - Cecal Ltda. - Carrera 8 No 41-55 B/Los Laureles  
Laboratorio, Ambielab Ltda. - Calle 24 No 10-18  
Laboratorio, Proactiva Aguas De Montería S.A E.S.P -Planta Sierra Chiquita  
Laboratorio, Doctor Calderón Asistencia Técnica Agrícola Ltda. Avenida Carrera 20 No 87-81 Bogotá D. C.
Laboratorio, Empresa de Acueducto Y Alcantarillado de Bogotá - Planta El Dorado Avenida Boyacá Vía Al Llano, 1 Km antes del primer Túnel  
Laboratorio, Microlab Laboratorios y Asesorías SAS. Avenida Boyacá No 49A-21  
Laboratorio, Asbioquim Ltda. Carrera 74B No 49A-51  
Laboratorio Constanza Castillo Herrera Carrera 9 No 50-20 Consultorio 203  
Laboratorio, Calidad Microbiológica SAS. Carrera 27 C No 68-79  
Laboratorio, Nulab Ltda. Carrera 16 No 58A-73  
Laboratorio de Alimentos - Invima Avenida Calle 26 No 51-20  
Laboratorio, Tecnodesarrollo Ltda. Calle 128 No 56A-14  
Laboratorio de Salud Pública de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D. C. Carrera 32 No 12-81  
Laboratorio, Anascol SAS Calle 23 81B-20 Barrio Modelia  
Laboratorio, Analyservices Ltda. Calle 71 No 55-14  
Laboratorios Enzipán Carrera 53 No 68-52  
Laboratorios Prodycon S.A. Calle 153A No 7h-72  
Laboratorio, Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - Planta Wiesner EAAB-E.S.P. Kilómetro 12 Vía La Calera  
Laboratorio, Instituto de Higiene Ambiental SAS. Calle 25f No 84B-47 
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ARTÍCULO 2o. Adiciones al artículo 2o de la Resolución 1615 de 2015, el Laboratorio Wáter Technology Eng SAS., ubicado en la ciudad de Cali, Valle del Cauca, para que realice los análisis físicos y químicos al agua para consumo humano, así:

Laboratorio que realiza análisis físico y químico al agua para consumo humano Dirección Departamento Ciudad
Laboratorio Water Technology Eng SAS Avenida 21 Norte No 55N-37 Valle del Cauca Cali
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ARTÍCULO 3o. Comuníquese el contenido de ésta resolución a los representantes legales de los laboratorios Nulab Ltda., y Wáter Technology Eng SAS., indicando a este último que la autorización aquí concedida, tendrá una vigencia de un (1) año a partir de la publicación del presente acto administrativo.

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ARTÍCULO 4o. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2015.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

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