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RESOLUCIÓN 162 DE 2013

(enero 25)

Diario Oficial No. 48.687 de 28 de enero de 2013

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se aprueba el presupuesto del mecanismo único de recaudo y giro de los recursos que financian y cofinancian la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado para la vigencia fiscal de 2013 y se dictan otras disposiciones.

Resumen de Notas de Vigencia

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial, de las conferidas en el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, y en desarrollo del artículo 2o del Decreto número 4962 de 2011, y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 4962 de 2011, “por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 31 de la Ley 1438 de 2011”, al regular el recaudo y giro de los recursos, estableció en su artículo 2o que los recursos que financian y cofinancian la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado de Salud, se recaudarán a través del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), el cual, por disposición expresa del artículo 218 de la Ley 100 de 1993, fue creado como una cuenta adscrita a este Ministerio que se maneja mediante encargo fiduciario.

Que para la vigencia fiscal 2013, la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado de Salud se financia y cofinancia a través de las siguientes apropiaciones:

a) Trescientos cincuenta y cuatro mil ochocientos treinta y nueve millones novecientos cincuenta y un mil once pesos ($354.839.951.011) moneda corriente, que hacen parte de los recursos apropiados en la sección presupuestal del Ministerio de Salud y Protección Social para la vigencia fiscal 2013 – Unidad Ejecutora 19-01-14 - Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, Cuenta 3 – Transferencias Corrientes, Subcuenta 7 – Sistema General de Participaciones, Objeto del Gasto 2 – Participación para Salud, Ordinal 1 – Sistema General de Participaciones – Salud artículo 4o Ley 715 de 2001, Recurso 10 – Recursos Corrientes; según detalle del gasto del Decreto 2715 de 2012, por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013, los cuales fueron trasladados y distribuidos mediante Resolución 152 del 25 de enero de 2013.

b) Un billón seiscientos siete mil ochocientos sesenta y dos millones ciento dieciocho mil ciento sesenta y cuatro pesos ($1.607.862.118.164) moneda corriente, contenido en la Sección Presupuestal del Ministerio de Salud y Protección Social para la vigencia fiscal 2013 – Unidad Ejecutora 19-01-14 - Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, Cuenta 630 - Transferencias, Subcuenta 305 – Aseguramiento en Salud, Objeto del Gasto 3 – Implementación unificación POS subsidiado a nivel nacional; Recurso 11– Otros recursos del Tesoro según detalle del gasto del Decreto número 2715 de 2012, por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013.

c) Cinco billones seiscientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y dos millones ochocientos veintiún mil doscientos ocho pesos ($5.643.792.821.208) moneda corriente, que hacen parte de los recursos apropiados para la Subcuenta de Solidaridad en el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2013, aprobado mediante Resolución número 4495 de 2012 y que corresponden a los rubros: Subsidio a la demanda Régimen Subsidiado Cofinanciación Fosyga; Subsidio a la demanda Régimen Subsidiado Cofinanciación Aportes Presupuesto Nacional; Ampliación renovación de la afiliación del Régimen Subsidiado Subcuenta de Solidaridad Fosyga – Atención a la Población Desplazada (APD), a nivel nacional; e Implementación Unificación POS Subsidiado Nivel Nacional.

d) Sesenta y ocho mil millones de pesos ($68.000.000.000) moneda corriente, correspondiente al valor estimado de los recursos de excedentes de aportes patronales de que trata el numeral 2 del artículo 3o de la Ley 1608 de 2013 que establece “los recursos de excedentes de aportes patronales correspondientes a activos remanentes del recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud provenientes del proceso de Liquidación de Cajanal EPS, (...) Los recursos a que hace referencia este artículo en todos los casos se girarán directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud desde el mecanismo de recaudo y giro creado en desarrollo del artículo 31 de la Ley 1438 de 2011”.

e) Cincuenta y tres mil doscientos cincuenta y nueve millones ciento veinticuatro mil seiscientos veintiocho pesos ($53.259.124.628) moneda corriente, apropiados en el artículo 1o de la Resolución número 4495 de 2012, en el rubro “Régimen Subsidiado Cofinanciación Compensación de la disminución del recaudo de regalías ET”, dando cumplimiento a lo previsto en el parágrafo 1o del artículo 6o del Decreto número 2710 de 2012, que establece: En el evento en que las entidades territoriales hayan girado recursos propios, para el pago de esfuerzo propio del régimen subsidiado que venían financiando con regalías en el año 2011, el Ministerio de Salud y Protección Social a través mecanismo financiero previsto en el Decreto número 4962 de 2011, girará estos recursos a la cuenta maestra del régimen subsidiado de la entidad territorial”.

Que conforme a la identificación de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado descrita en el considerando anterior y, teniendo en cuenta, que el esquema de administración de dicho régimen está orientado a la unificación de sus fuentes, se hace necesario a través de la presente resolución, aprobar los recursos que hacen parte del presupuesto del mecanismo único de recaudo y giro de los mencionados recursos.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. La presente resolución tiene por objeto aprobar el presupuesto para el funcionamiento del mecanismo único de recaudo y giro de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado para la vigencia 2013.

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ARTÍCULO 2o. Los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), de que trata la presente resolución, deberán ser ejecutados por el administrador fiduciario de dicho Fondo a través de su Sistema Integrado de Información (SII)-ERP, con base en los resultados de la Liquidación Mensual de Afiliados.

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ARTÍCULO 3o. <No incluye modificaciones> Aprobar el Presupuesto del mecanismo único de recaudo y giro de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado para la vigencia 2013, así:

RECAUDO

CONCEPTODESCRIPCIÓNVALOR
600 21 06 01Sistema General de Participaciones – Régimen Subsidiado.$354.839.951.011
600 21 06 02Implementación Unificación POS, a nivel nacional. (Impuesto IVA Social Ley 1393 de 2010).$1.607.862.118.164
600 21 06 03Transferencia Fosyga – Subcuenta de Solidaridad.$5.643.792.821.208
600 21 06 04Régimen Subsidiado Cofinanciación Excedentes Aportes Patronales Cajanal.$68.000.000.000
600 21 0605Régimen Subsidiado Cofinanciación Compensación de la disminución del Recaudo de Regalías ET.$53.259.124.628
TOTAL RECAUDO$7.727.754.015.011

GIRO

CONCEPTODESCRIPCIÓNVALOR
630 304 61 02Reconocimiento Unidades de Pago por Capitación Liquidación Mensual de Afiliados.$7.606.494.890.383
630 304 61 03Excedentes Aportes Patronales Cajanal – Artículo 3o Ley 1608 de 2013.$68.000.000.000
630 304 61 04Régimen Subsidiado Cofinanciación Compensación de Regalías ET.$53.259.124.628
TOTAL GIRO$7.727.754.015.011
Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de enero de 2013.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

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