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RESOLUCIÓN 290 DE 2021

(septiembre 29)

Diario Oficial No. 51.812 de 29 de septiembre de 2021

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

Por la cual se establece por una única vez un periodo intermedio de actualización del Sistema de Pago de la Leche Cruda al Proveedor previsto en el artículo 3o de la Resolución número 017 de 2012, y se dictan otras disposiciones.

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial lo establecido en los artículos 208 de la Constitución Política, 60 y 61 de la Ley 81 de 1988, 5o del Decreto-ley 1675 de 1997, los numerales 1 y 7 del Decreto 1985 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del documento Conpes 3675 de 2010, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural estableció desde el año 2012 un trabajo articulado con la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Agrosavia), como entidad coordinadora del subsistema de evaluación, verificación y ordenamiento de los laboratorios para el análisis y pago por calidad de leche, para contribuir al fortalecimiento de laboratorios, que permita la acreditación de los mismos en la norma NTC-ISO/IEC 17025:2005.

Que en desarrollo de sus funciones este Ministerio expidió la Resolución 17 de 2012 para establecer el Sistema de Pago de Leche Cruda al Proveedor, en virtud del cual los compradores de leche cruda a nivel nacional aplican una metodología para el pago de este producto a sus proveedores. Esto implica contar con un sistema de pago por calidad de leche cruda, que genere transparencia en el pago al proveedor.

Que para efectos del Sistema de Pago de Leche Cruda al Proveedor, el acto administrativo referido estableció en su Título II el Sistema de Pago de Leche Cruda, señalando en su artículo 3o lo relacionado con el valor base del gramo (solidos totales, Proteína y Grasa), indicando que dicho valor debe ser actualizado anualmente a partir de marzo de 2013.

Que el artículo 4o ibídem define que para la actualización del precio base del gramo - sólidos totales, proteína y grasa, se aplicará la variación anual del Índice Compuesto del Sector Lácteo (ICSL), precisando que este índice es el resultado de combinar la evolución del IPC Lácteo, el índice de canasta de insumos, el índice de evolución de inventarios (leche en polvo, UHT y Quesos), el índice de mercado externo y el índice del precio mix que se encuentran definidos en el artículo primero de la mencionada resolución.

Que la Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, atendiendo las recomendaciones de la política nacional para mejorar la competitividad del sector lácteo colombiano, en trabajo conjunto con los diferentes actores que hacen parte del Consejo Nacional Lácteo, durante el último año ha revisado y constatado el comportamiento del sistema de pago de la leche cruda al productor, y de manera especial, el seguimiento al comportamiento de las cinco variables que conforman el Índice Compuesto del Sector Lácteo (ICSL) a partir del cual se actualiza anualmente el precio pagado al proveedor de leche cruda.

Que fruto de dicho seguimiento al comportamiento de las variables que conforman el Índice Compuesto del Sector Lácteo, con corte a diciembre de 2020, se actualizó el pasado mes de marzo de 2021, el precio base del gramo de Sólidos Totales, Proteína y Grasa en 3.54%.

Que la Unidad de Seguimiento de Precios de Leche del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante documento de justificación técnica emitido el 17 de septiembre de 2021, remitido a la Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas mediante Memorando 20215400075503 del 21 de septiembre, presenta un análisis del comportamiento que han tenido los insumos agropecuarios y de manera específica la canasta de insumos al productor de leche cruda, durante el primer semestre de 2021, señalando lo siguiente:

- Los precios de los alimentos balanceados para animales en el sector bovino han presentado un alto incremento atípico a finales del año 2020, acentuándose durante el primer semestre de 2021, lo cual ha sido manifestado por los productores ganaderos en diferentes medios de comunicación regional y nacional. Con lo anterior, se verifica un aumento considerablemente desproporcionado de los costos de producción de leche al ganadero.

Los insumos agropecuarios tienen un impacto directo sobre la productividad y la competitividad del sector agropecuario por su incidencia en los costos de producción, lo que conlleva a riesgos que afectan la eficiencia y la rentabilidad de las actividades agropecuarias y, por tanto, el ingreso del productor.

- La Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas viene realizando un seguimiento al comportamiento del precio de los insumos del sector y se ha encontrado que las materias primas e ingredientes activos para la fabricación de los insumos agropecuarios en Colombia provienen prácticamente en su totalidad del exterior. En la medida en que es un sector netamente importador, se ha podido establecer que los precios de los insumos agropecuarios en el país se determinan principalmente por variables exógenas propias de la dinámica del mercado, como son las variaciones de los precios internacionales (interacción de la oferta y demanda mundial), los precios de los hidrocarburos (petróleo) y los movimientos de la tasa de cambio.

- En el caso específico del sector de alimentos para animales los precios dependen de variables externas propias de la dinámica del mercado internacional, como son las variaciones de los precios internacionales de las materias primas para su fabricación (insumos proteicos y energéticos), como cereales y oleaginosas, principalmente el maíz amarillo y la torta de soya, los cuales se negocian a través de la Bolsa de Chicago, o de traders en Mercosur. El principal proveedor es Estados Unidos, y cuando el precio de franja y los costos de Mercosur lo permiten, se importa de Brasil o Argentina.

- De otro lado el peso porcentual del rubro de alimentos para animales en los costos de la canasta ganadera en el sector lechero asciende en un promedio del 41,54%, lo cual incluye los concentrados, sales y otros suplementos, teniendo en cuenta el alto incremento de importación de la materia y la continua fluctuación de la tasa de cambio, el precio de los alimentos balanceados para animales ha presentado un incremento atípico en los principales departamentos de mayor producción de leche cruda, en agosto de 2021 frente a agosto de 2020, en Antioquia el 32%, Boyacá 21%, Cundinamarca 24% y Nariño con el 27%.

- La Tonelada de Maíz Amarillo importado ingresado por el puerto del pacífico puesto en planta, registra una variación porcentual anual de junio 2021 frente a junio 2020, en Bogotá: 73%; Medellín: 73%; Villavicencio: 71%. La tonelada ingresada por el puerto del atlántico puesto en planta marcó un incremento de junio 2021 frente a junio 2020, en Bogotá: 76%; Bucaramanga: 83%; Medellín: 78% y Villavicencio: 73%.

- Las fluctuaciones de la tasa de cambio afectan directamente el valor de las importaciones de estos insumos al país, con lo pronosticado para diciembre de 2021 frente a diciembre de 2020, se espera una variación del 6,2%.

- Así mismo los fertilizantes tienen una participación cercana al 12,22%, en los costos de producción, lo cual incluye, correctivos y enmiendas, fertilizantes, semillas, herbicidas, insecticidas y otros insumos y cercas. El precio de los fertilizantes ha presentado un incremento atípico, de julio 2021 frente a diciembre 2020, los productos más utilizados como el triple 15-15-15, Urea, y DAP, aumentaron 24%, 44% y 51% respectivamente.

- Es importante destacar que las fuentes de información para construir el índice Compuesto del Sector Lácteo, el cual, está conformado por El Precio Mix, Índice del Mercado externo, IPC Lácteo, índice de Inventarios y la Canasta de Insumos Ganadera, tiene un rezago de dos meses para ser consultados en cada una de sus fuentes, para luego hacer todo el proceso de análisis, validación y consistencia de esta información e iniciar la construcción de los índices aplicando las fórmulas establecidas en la Resolución 17 de 2012, por tal razón, el ajuste del precio del gramo, grasa y solidos totales del litro de leche cruda, se ajusta 1 de marzo de cada año, dos meses después de haber terminado el periodo anual de actualización del precio.

- De otro lado, es significativo anotar que durante los primeros 15 días del mes de septiembre de 2021, se verificó en campo y telefónicamente, en algunas cuencas lecheras de los principales departamentos productores de leche del país, como Antioquia, Cundinamarca, Boyacá, Nariño, Cesar y Córdoba, entre otros, el incremento de los insumos pecuarios, confirmándose alzas hasta del 35% en el precio de los alimentos balanceados para animales y del 51% en los principales fertilizantes utilizados en la producción lechera.

- Teniendo en cuenta los análisis anteriores del comportamiento ascendente del precio de los alimentos para animales y de los fertilizantes más utilizados en la producción lechera, los cuales han incidido directamente en los costos de producción, impactando considerablemente el ingreso al productor lechero y en el incremento de la variación del Índice Compuesto del Sector Lácteo en 9,38%, durante el primer semestre de 2021, con una variación atípica en los últimos siete años. La proyección estimada para el segundo semestre de 2021 registra una variación hasta del 4,44%. Por tanto, es pertinente que el MADR considere un ajuste del precio del gramo, de proteína, grasa y sólidos totales del litro de leche cruda, para el primer semestre de 2021, el cual, se puede realizar a partir del 1 de octubre de 2021”.

Que en sesión del Consejo Lácteo del 21 de septiembre de 2021, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural presentó ante sus representantes el comportamiento anual y el comportamiento atípico semestral de la canasta de insumos ganadera, así como el comportamiento de la variación del Índice Compuesto del Sector Lácteo, con el fin de generar acciones relacionados con la determinación y seguimiento de los precios de la leche en el territorio nacional.

Que el mencionado órgano consultivo del Gobierno nacional en dicha sesión, con el propósito de mitigar el impacto que ha tenido el eslabón primario en la variación de la canasta de insumos ganadera durante el primer semestre de 2021 y considerando el menor impacto que pueda reflejarse en el consumidor final, estimó prudente y necesario que se realice una actualización extraordinaria para el segundo semestre del valor del gramo - sólidos totales, proteína y grasa, en un incremento del 7%.

Que la Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras, y Acuícolas, mediante Memorando 20215400075623, remitió la justificación elaborada por la Unidad de Precios del 17 de septiembre 2021, dando concepto favorable a la misma, señalando la necesidad de establecer un periodo intermedio de actualización del Sistema de Pago de la Leche Cruda al Proveedor previsto en la Resolución número 017 de 2012, para el mes de octubre de 2021, con el objeto de corregir el desequilibrio que ha generado para los productores de leche cruda el comportamiento que ha tenido la canasta de insumos durante el primer semestre del presente año.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Establézcase por una única vez un periodo intermedio de actualización del valor base del gramo de Sólidos Totales, Proteína y Grasa, señalado en el artículo 3o de la Resolución 17 de 2012, para ser aplicado en el mes de octubre de 2021. Para lo anterior, fíjese un incremento del 7% del valor del gramo - sólidos totales, proteína y grasa.

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ARTÍCULO 2o. Para la actualización del valor del gramo de proteína, grasa y sólidos totales, a efectuarse a partir del 1 de marzo de 2022, de conformidad con la Resolución número 17 de 2012, se fijará con base en el resultado del Índice Compuesto del Sector Lácteo del año 2021, menos el incremento realizado el 1 de octubre de 2021.

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ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de 2021.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Rodolfo Zea Navarro.

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