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RESOLUCIÓN 162 DE 2016

(julio 13)

Diario Oficial No. 49.935 de 15 de julio de 2016

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

Por la cual se adopta el Manual para el Reporte de Información en el mercado de insumos agropecuarios.

Notas del Editor

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL,

en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 60, 61 y 62 de la Ley 81 de 1988, el artículo 2.13.9.2 del Decreto 1071 de 2015, el Decreto 1985 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los objetivos y funciones legales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, como política de la entidad se ha mantenido desde el año 2006 un régimen de libertad vigilada de precios en el mercado de insumos agrícolas, en consideración al impacto que estos productos tienen en el desarrollo de las cadenas productivas.

Que en concordancia con lo establecido en el literal a) del artículo 61 de la Ley 81 de 1988 y en el artículo 6o de la Ley 101 de 1993, el Título IX de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, establece el deber de reportar información para personas naturales y jurídicas que realicen actividades mercantiles en los mercados de fertilizantes, plaguicidas, medicamentos veterinarios y productos biológicos de uso pecuario.

Que el artículo 2.13.9.2 del Decreto 1071 de 2015 dispone que mediante acto administrativo el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural adoptará el Manual para el Reporte de Información, estableciendo los formatos e instrucciones correspondientes para efectos de que las personas naturales o jurídicas contempladas dentro del ámbito de aplicación de esta norma cumplan con el deber de reporte allí dispuesto.

Que mediante Memorando 20165200047883 del 23 de mayo de 2016, la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales solicita y justifica la expedición del acto administrativo que adopte dicho Manual.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Adóptase el Manual para el Reporte de Información en el Mercado de Insumos Agropecuarios preparado por las Direcciones de Cadenas Agrícolas y Forestales, y de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas, instructivo orientador para las personas naturales o jurídicas que tienen el deber de reporte de información establecido en el Título IX de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015. El Manual adoptado se adjunta a la presente resolución.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 13 de julio de 2016.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

AURELIO IRAGORRI VALENCIA.

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