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RESOLUCION 238148 DE 1999

(julio 16)

Diario Oficial No. 43.641, del 21 de julio de 1999

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS

<NOTA DE VIGENCIA: Derogada por la Resolución INVIMA 260576 de 2000>

Mediante la cual se concede un plazo para solicitar

Registro Sanitario para la Panela.

RESUMEN DE NOTAS DE VIGENCIA

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE

VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS,

en ejercicio de las facultades legales,

especialmente las conferidas por el Decreto 1290 de 1994,

CONSIDERA:

Que en reunión de Comité Técnico de Alimentos realizada el día lunes doce (12) de julio del presente año, como consta en el acta que para tal efecto se levantó, se sometió a consideración el tema relacionado con el riesgo potencial que sobre la salud de la población pueda producir el consumo de la Panela, habida cuenta en otros, que este alimento es de alto consumo entre la población y se encuentra contemplado entre el Plan Nacional de Alimentación y Nutrición (PNAN);

Que el mencionado Comité concluyó, que en pro a la protección de la salud individual y colectiva de la población colombiana y en complemento de este mandato constitucional y legal, que la Panela como alimento derivado de un proceso de transformación y por su impacto en la salud, debe tener Registro Sanitario para su comercialización, producción, empaque, almacenamiento, de conformidad con el artículo primero del Decreto 3075 de 1997;

Que habida cuenta que hasta la fecha no se había exigido el Registro Sanitario, es necesario conceder un plazo para que los interesados efectúen los trámites pertinentes y el Instituto se adecue técnica y administrativamente;

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. Otorgar a los interesados un plazo, hasta el día 31 de diciembre del presente año, para solicitar ante el Instituto la concesión del Registro Sanitario para la Panela, conforme al Decreto 3075 de 1997.

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ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 16 de julio de 1999.

El Director General, Invima.

JOSUÉ OSSMA GÓMEZ.

      

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"Normograma del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA"
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