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RESOLUCIÓN 65986 DE 2020

(abril 24)

Diario Oficial No. 51.299 de 28 de abril de 2020

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

Por medio de la cual se modifica el artículo 13 de la Resolución 17334 de 2019.

LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA),

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 4o del Decreto 3761 de 2009, el numeral 19 del artículo 6o del Decreto 4765 de 2008 y el numeral 1 del artículo 2.13.1.3.1 del Decreto 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario ICA como Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF), tiene la función de proteger la sanidad vegetal del país, mediante la ejecución de acciones de prevención, control y erradicación de plagas.

Que corresponde al ICA, establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, control, manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los vegetales y sus productos.

Que la Marchitez por Fusarium de las musáceas causada por el hongo Fusarium oxysporum f.sp. cubense (Foc), es una de las enfermedades más importantes en la historia de la agricultura, que ocasiona la muerte de las plantas contaminando los campos de cultivo por más de 30 años.

Que, en el mes de agosto del 2019, se confirmó la presencia de la Raza 4 Tropical de Foc (Foc R4T) en cultivos de banano Cavendish del departamento de La Guajira, Colombia.

Que mediante la Resolución ICA 17334 del 29 de octubre de 2019, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) estableció el plan de bioseguridad y vigilancia fitosanitaria para la Marchitez por Fusarium en predios de producción de plátano y banano registrados ante el ICA para la exportación en fresco.

Que el Artículo 13 de la Resolución ICA 17334 del 29 de octubre de 2019 estableció un plazo de seis (6) meses contados a partir de su publicación en el Diario Oficial para la entrada en vigencia.

Que, mediante el Decreto 417 de 2020 el Gobierno nacional declaró el Estado de Emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional con el fin de garantizar la salud de la población colombiana a causa de la Pandemia por COVID-19.

Que mediante el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020, el Gobierno nacional impartió instrucciones para el aislamiento preventivo obligatorio de la población hasta el 13 de abril de 2020, en marco de la emergencia ocasionada por el COVID-19.

Que mediante el Decreto 491 de 2020, se adoptaron medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el Estado de emergencia económica, social y ecológica por causa del COVID-19.

Que el Decreto 531 de 2020, impartió instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coranovirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público, derogando el Decreto 457 de marzo de 2020, y extendió el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 27 de abril de 2020.

Que el Decreto 593 del 24 de abril de 2020, deroga el Decreto 531 de 2020 e imparte nuevas instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la Pandemia del Coranovirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público, extendiendo el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 11 de mayo de 2020, con algunas excepciones para la reactivación de la economía colombiana.

Que, en virtud de las medidas expedidas por el Gobierno nacional con anterioridad al Decreto 593 de 2020, se ordenó la suspensión total del desarrollo de actividades de obra civil, entre las cuales se encuentran las requeridas en el numeral 6.6. del artículo 6o de la Resolución ICA 17334 de 2019.

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), considera necesario extender el plazo para entrada en vigencia de la Resolución 17334 de 2019, en razón del tiempo suspendido por el aislamiento preventivo obligatorio, lo que ocasionó retrasos en el cumplimiento de las disposiciones establecidas en los protocolos de bioseguridad y vigilancia fitosanitaria para la Marchitez por Fusarium en predios de producción de plátano y banano registrados ante el ICA para la exportación en fresco.

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Modifíquese el artículo 13 de la Resolución ICA 17334 de 2019 en virtud de lo establecido en el Decreto 593 de 2020, el cual quedará así:

Artículo 13. Vigencia.” Las disposiciones establecidas en la Resolución ICA 17334 de 2019, entrarán a regir tres (3) meses contados a partir de la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 13 de la Resolución ICA 17334 de 2019.

Publíquese y cúmplase,

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de abril de 2020.

La Gerente General,

Deyanira Barrero León

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