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RESOLUCIÓN 29064 DE 2018

(julio 30)

Diario Oficial No. 50.672 de 1 de agosto de 2018

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

Por medio de la cual se hace una modificación al anexo de la Resolución número 3593 de 2015.

EL GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA),

en ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, de las conferidas por el artículo 4o del Decreto número 3761 de 2009 y el artículo 2.13.1.6.1 del Decreto número 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), es el responsable de adoptar, de acuerdo con la ley, las medidas sanitarias y fitosanitarias que sean necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal;

Que corresponde al ICA establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, el control, la erradicación o el manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los vegetales y sus productos;

Que el ICA como Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF), tiene la función de establecer, acorde con las normas internacionales adoptadas por Colombia, las plagas de importancia económica, social y cuarentenaria de control oficial y de obligatoria notificación y registro;

Que Colombia es miembro de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), y conforme a la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF), número 19, es deber de las partes contratantes establecer, mantener y actualizar las listas de plagas reglamentadas;

Que de conformidad con el artículo 33 del Decreto número 4765 de 2008, corresponde al ICA, a través de la Dirección Técnica de Epidemiología y Vigilancia Fitosanitaria, certificar el estatus fitosanitario del país, con base en los estudios epidemiológicos correspondientes;

Que el ICA mediante la expedición de la Resolución número 3593 de 2015 estableció el listado de plagas reglamentadas de Colombia, enlistando en el numeral 1 de su anexo, la plaga Candidatus Liberibacter asiaticus corrig. Jagoueix et al., como plaga cuarentenaria ausente;

Que en desarrollo de las funciones de inspección, vigilancia y control y a partir de trabajos de campo, el ICA reporta por primera vez en Colombia la presencia de Candidatus Liberibacter asiaticus en el insecto vector Diaphorina citri en el año 2015, y en material vegetal en el año 2016;

Que el ICA realizó una evaluación de la distribución y prevalencia de la plaga Candidatus Liberibacter asiaticus en el periodo 2016-2018, lo que permitió concluir que la mencionada plaga está presente en varias localidades del país, motivo por el cual se hace necesario modificar el anexo de la Resolución número 3593 de 2015, a fin de cambiar el estatus de la plaga de cuarentenaria ausente a cuarentenaria presente;

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN. Modifíquese el anexo de la Resolución número 3593 de 2015, en el sentido de cambiar la condición de la plaga Candidatus Liberibacter asiaticus corrig. Jagoueix et al., de plaga cuarentenaria ausente a plaga cuarentenaria presente, mediante su eliminación del numeral 1, e incorporación en el numeral 2 del anexo de la citada resolución.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el anexo de la Resolución ICA 3593 de 2015.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2018.

El Gerente General,

Luis Humberto Martínez Lacouture.

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