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DECRETO 1889 DE 2021

(diciembre 30)

Diario Oficial No. 51.903 de 30 de diciembre de 2021

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por el cual se adopta el manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 189, numeral 11, de la Constitución Política y 9o de la Ley 399 de 1997, modificado por el artículo 2o de la Ley 2069 de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 338 de la Constitución Política permite que “las autoridades fijen la tarifa de las tasas y contribuciones que cobren a los contribuyentes, como recuperación de los costos de los servicios que les presten o participación en los beneficios que les proporcionen; pero el sistema y el método para definir tales costos y beneficios, y la forma de hacer su reparto, deben ser fijados por la ley, las ordenanzas o los acuerdos”.

Que el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 creó el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), cuyo objeto es la ejecución de “las políticas formuladas por el Ministerio de Salud y Protección Social en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de los medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico, y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva”.

Que, en ejercicio de esa atribución legal, esa entidad actúa como la institución sanitaria de referencia nacional, responsable de brindar confianza a la población en general, en cuanto a los productos de consumo humano, para lo cual ejerce actividades de inspección, vigilancia y control sanitario, constituyéndose en uno de los pilares para la garantía del derecho fundamental a la salud, en los términos del literal e) del artículo 5o de la Ley 1751 de 2015.

Que la Ley 399 de 1997 creó la tasa para la financiación del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), fijó unas tarifas y autorizó a dicha entidad para su cobro por los servicios prestados con ocasión de los trámites que se surten en esa entidad para los productos objeto de su competencia, tal como lo señala el artículo 245 de la Ley 100 de 1993.

Que la Ley 399 estableció los sujetos activo y pasivo, disponiendo que el sujeto activo de la tasa o contribución será el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, (Invima), que recaudará esta tasa directamente o a través de otras entidades, y como sujeto pasivo a la persona natural o jurídica que requiera la expedición, modificación y renovación del registro sanitario para producir, importar, distribuir o comercializar medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico y los demás que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva, de conformidad con lo establecido en las Leyes 09 de 1979 y 100 de 1993 y demás disposiciones legales.

Que la misma norma, previó los hechos generadores de la tasa, la base para su liquidación, el método y el sistema para definir la tarifa, y otras disposiciones relacionadas con la destinación de los recursos, el recaudo de estos, y la reinversión de los mismos en las actividades de inspección, vigilancia y control, que desarrolla el Invima como autoridad sanitaria del orden nacional; igualmente le asignó la competencia para la actualización de las tarifas de acuerdo con el método y sistema allí definido, función que desarrolló mediante diferentes actos administrativos para cada vigencia, hasta el año 2020.

Que el artículo 2o de la Ley 2069 de 2020, modificó el artículo 9o de la Ley 399 de 1997, previendo que, “El Gobierno nacional reglamentará el manual de tarifas para el cobro de la tasa de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, (Invima)”, y, en su parágrafo 1o, ordenó al Instituto establecer tarifas diferenciadas que deberán pagar las pequeñas y medianas empresas para el registro ante esa entidad, de acuerdo con la clasificación de tamaño empresarial vigente, a partir de método y sistema definidos en la Ley 399 de 1997.

Que la Ley 1955 de 2019, expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, disponiendo, en el artículo 49, que a partir del 1o de enero de 2020, “todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente (smmlv), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT). En adelante, las actualizaciones de estos valores también se harán con base en el valor de la UVT vigente”.

Que el Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en el Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2, reglamenta la clasificación de las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, teniendo en cuenta para ello el criterio de ventas brutas, asimilado al de ingresos por actividades ordinarias anuales, acorde con lo previsto en el artículo 2 de la Ley 590 de 2000, modificado por el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011, precisando en el artículo 2.2.1.13.2.1 que “Para efectos de la clasificación del tamaño empresarial se tendrá como criterio exclusivo los ingresos por actividades ordinarias anuales de la respectiva empresa. El nivel de ingresos por actividades ordinarias anuales con base en el cual se determina el tamaño empresarial variará dependiendo del sector económico en el cual la empresa desarrolle su actividad”.

Que el artículo 2.2.1.13.2.2. del Decreto 1074 de 2015, establece los rangos para la definición del tamaño empresarial, de acuerdo con el sector económico manufactura, servicios y comercio, que se tendrá en cuenta como criterio adicional para determinar las tarifas diferenciadas que deberán pagar las pequeñas y medianas empresas para la expedición de los registros sanitarios de los productos objeto de su competencia, ante el Invima, de acuerdo con la clasificación de tamaño empresarial vigente.

Que el Invima remitió al Ministerio de Salud y Protección Social la información relacionada con los servicios y trámites que actualmente presta, en concordancia con los hechos generadores y los cálculos del costo de cada servicio, siguiendo el método y sistema señalados en los artículos 6o y 7o de la Ley 399 de 1997.

Que en virtud de lo previsto en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011 y en el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de la Presidencia de la República, el presente Decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social, por un término de quince (15) días, del 4 de octubre al 19 de octubre del 2021, a efectos de recibir comentarios y observaciones, los cuales fueron analizados al momento de estructurar este Decreto.

Que, conforme a lo anterior, se hace necesario reglamentar el Manual de Tarifas para el cobro de la tasa de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), de acuerdo con lo señalado en la Ley 399 de 1997, modificada por el artículo 2o de la Ley 2069 de 2020, así como establecer los criterios para que el INVIMA establezca la tarifa diferenciada de los registros sanitarios que le soliciten las pequeñas y medianas empresas por primera vez en el país.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. El presente Decreto tiene por objeto adoptar el manual de tarifas para el cobro de la tasa de los servicios prestados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) en el Anexo Técnico “Manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el Invima” que hace parte integral del presente Decreto y definir los criterios para que el Invima establezca la tarifa diferenciada de los registros sanitarios que le soliciten las pequeñas y medianas empresas por primera vez.

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ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las disposiciones contenidas en el presente Decreto aplican a:

2.1. El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).

2.2. Las personas naturales o jurídicas que requieran los servicios del Invima, en el marco de lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 399 de 1997, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993.

2.3. Los demás sujetos pasivos de la tasa que incurran en los hechos generadores.

PARÁGRAFO. Para efectos de la aplicación de las tarifas diferenciadas previstas en el parágrafo 1o del artículo 2o de la Ley 2069 de 2020, se tendrán en cuenta las pequeñas y medianas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el Capítulo 13 Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, y que soliciten ante el INVIMA el registro sanitario de los productos objeto de su competencia, de acuerdo con las normas sanitarias vigentes en esa materia.

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ARTÍCULO 3o. ESTRUCTURA DEL MANUAL TARIFARIO. De acuerdo con los hechos generadores establecidos en el artículo 4o de la Ley 399 de 1997, el “Manual de tarifas para el cobro de los servicios prestados por el INVIMA” que hace parte integral del presente Decreto se estructura así:

i) La categoría o clasificación del trámite, agrupado por producto o servicio de competencia del INVIMA,

ii) Un código de identificación tarifario con el propósito de que el interesado identifique el tipo de servicio que solicite,

iii) Concepto que describe el servicio y,

iv) Valor expresado en UVT.

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ARTÍCULO 4o. ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL TARIFARIO. El Invima actualizará, a partir del 1o de enero de cada año, mediante acto administrativo, los servicios y las tarifas para los servicios descritos en el manual tarifario, siguiendo el método y sistema señalados en los artículos 6o y 7o de la Ley 399 de 1997 y su cálculo será expresado en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT), de conformidad con lo estipulado en el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019.

PARÁGRAFO. El Invima en cualquier momento, incluirá o excluirá de este manual los servicios derivados de la reglamentación sanitaria que dé lugar a la tasa.

Concordancias
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ARTÍCULO 5o. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA TARIFA DIFERENCIADA DE LOS REGISTROS SANITARIOS QUE SOLICITEN ANTE EL INVIMA, LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS POR PRIMERA VEZ. El Invima aplicará la tarifa diferencial para las pequeñas y medianas empresas interesadas en obtener los registros sanitarios por primera vez para los productos objeto de competencia de esa entidad, a partir del presente manual tarifario, así:

5.1. Para las medianas empresas, el valor de la tarifa será fijado en un rango comprendido entre el 70% y 90% del valor establecido en el manual tarifario.

5.2. Para las pequeñas empresas, el valor de la tarifa será fijado en un rango comprendido entre el 40% y 60% del valor establecido en el manual tarifario.

PARÁGRAFO 1o. Para la determinación de la tarifa en cada caso, el INVIMA tendrá en cuenta el ingreso de la empresa de acuerdo con el Decreto 957 de 2019 o la norma que lo modifique o sustituya.

PARÁGRAFO 2o. Para la aplicación de la tarifa diferenciada, los interesados deberán acreditar la condición de empresa pequeña o mediana y hacer el respectivo pago de la misma, al momento de la radicación de la solicitud del correspondiente registro sanitario.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2021.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

El Ministro de Salud y Protección Social,

Fernando Ruiz Gómez.

<Consultar anexo directamente en el siguiente link:

https://www.avancejuridico.com/docpdf/D1889021-ANEXO.pdf

ANEXO TÉCNICO.

MANUAL DE TARIFAS PARA EL COBRO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL INVIMA.

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario de productos fitoterapéuticos

CódigoConceptoUVT
0001Registro sanitario de productos fitoterapéuticos
0001-1Registro sanitario nuevo para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) en las modalidades de: fabricar y vender; importar y vender, importar, acondicionar y vender, fabricar y exportar.125.76
0001-2Registro sanitario nuevo automático para producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con revisión posterior en las modalidades de: Fabricar y vender, importar y vender, importar, acondicionar y vender, fabricar y exportar.134.64
0002Renovación de registro sanitario de productos fitoterapéuticos
0002-1Renovación de registro sanitario para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) en las modalidades de: Fabricar y vender; importar y vender, importar, acondicionar y vender, fabricar y exportar, con autorización de agotamiento.135.36
0002-2Renovación automática de registro sanitario para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) en las modalidades de: Fabricar y vender; importar y vender, importar, acondicionar y vender, fabricar y exportar, con autorización de agotamiento.144.88

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario para medicamentos homeopáticos

CódigoConceptoUVT
0004Formas farmacéuticas sólidas: Glóbulos, tabletas, grageas, cápsulas, polvos, granulados.76.74
0005Formas farmacéuticas líquidas: Emulsiones, suspensiones, jarabes, elíxires, soluciones orales, soluciones tópicas y soluciones transdérmicas, lociones.78.40
0006Formas farmacéuticas semisólidas: Cremas, geles, ungüentos, pastas, óvulos, supositorios, pomadas, jaleas.76.74
0007Formas farmacéuticas líquidas estériles: Soluciones inyectables, suspensiones inyectables, polvos para reconstituir a soluciones inyectables, polvos para reconstituir a suspensiones inyectables, liofilizados, soluciones oftálmicas soluciones óticas.86.75

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario simplificado de medicamentos homeopáticos simples

CódigoConceptoUVT
0008Formas farmacéuticas sólidas: Glóbulos, tabletas, grageas, cápsulas, polvos, granulados.55.88
0009Formas farmacéuticas líquidas: Emulsiones, suspensiones, jarabes, elíxires, soluciones orales, soluciones tópicas y soluciones transdérmicas, lociones.54.22
0010Formas farmacéuticas semisólidas: Cremas, geles, ungüentos, pastas, óvulos, supositorios, pomadas, jaleas.53.38

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario de medicamentos

CódigoConceptoUVT
1001Registro sanitario nuevo de un medicamento en las modalidades de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender.283.25
1001-6Registro sanitario de un medicamento con solicitud de protección de datos de prueba u otros no divulgados en aplicación del Decreto 2085 de 2002.361.13
1001-7Registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en Bogotá, D.C.358.08
1001-8Registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional.439.59
1001-9Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gas medicinal o antiveneno en la modalidad de fabricar y vender con autorización de agotamiento.315.85
1001-10Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gas medicinal o antiveneno en las modalidades de importar y vender, importar, semielaborar y vender e importar envasar y vender con autorización de agotamiento.353.22
1001-11Registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender y que deban presentar estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE).455.91
1001-12Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.691.35
1001-13Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.867.27
1001-14Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.1246.94
1001-15Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.768.99
1001-16Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.928.44
1001-17Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.1285.44
1001-28Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales y antivenenos, en las modalidades de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos).484.35
1001-29Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Fabricar y vender; importar, envasar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en Bogotá, D.C. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos).559.02
1001-30Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Fabricar y vender; importar, envasar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos).640.55
1001-31Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos).892.38
1001-32Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos)1068.13
1001-33Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de un medicamento de síntesis química en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos).1447.94
1001-34Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos).970.05
1001-35Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.(Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos).1129.39
1001-36Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. (Más 107,57 UVT molécula nueva con o sin protección de datos).1486.56
1002Renovación de registro sanitario de medicamentos
1002-1Renovación de registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender, con autorización de agotamiento.295.79
1002-2Renovación de registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en Bogotá, D.C., con autorización de agotamiento.370.58
1002-3Renovación de registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional, con autorización de agotamiento.452.22
1002-4Renovación de registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender y que deban presentar estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE), con autorización de agotamiento.470.34
1002-5Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, con autorización de agotamiento.703.29
1002-6Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, con autorización de agotamiento.879.22
1002-7Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía: México y Argentina, con autorización de agotamiento.1258.89
1002-8Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, con autorización de agotamiento.780.65
1002-9Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, con autorización de agotamiento.940.10
1002-10Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía: México y Argentina, con autorización de agotamiento.1297.10
1003Registro sanitario y/o renovación de registro sanitario de un medicamento en la modalidad de fabricar exportar.36.70
1003-1Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química o gas medicinal en la modalidad de fabricar y exportar.101.08

Registro sanitario de productos biológicos y vacunas y/o renovación registro sanitario de productos biológicos y vacunas

CódigoConceptoUVT
1004Registro sanitario o renovación de registro sanitario de un medicamento biológico en las modalidades de: Fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar vender, e importar, envasar vender.99.75
1004-1Registro sanitario nuevo o renovación con evaluación farmacológica de un medicamento biológico con o sin protección de datos.1370.40
1006Vacunas
1006-1Registro sanitario y/o renovación de registro sanitario de una vacuna o antiveneno.305.51
1006-2Registro sanitario de una vacuna con solicitud de protección de datos de prueba u otros no divulgados en aplicación del Decreto 2085 de 2002.424.31
1006-3Registro sanitario nuevo o renovación con evaluación farmacológica de vacunas y hemoderivados con o sin protección de datos.1941.94

Asignación, reconocimiento o renovación de código de notificación sanitaria obligatoria para productos cosméticos

CódigoConceptoUVT
1027Asignación o reconocimiento de código de notificación sanitaria obligatoria de productos cosméticos.72.22
1029Renovación del código de notificación sanitaria para productos cosméticos.29.44
1030Constancia de uso del código de NSO (importador paralelo)31.96

Registro sanitario y/o renovación de bebidas alcohólicas

CódigoConceptoUVT
2016Licores: Aguardiente, whisky, coñac, brandy, ron, vodka, ginebra, gyn, tequila, licor, cremas, licor anisado, pisco, grapa, cachaza, licores saborizados, armagnac.105.93
2017Vinos, aperitivos, cocteles, refrescos vínicos.110.93
2018Cervezas110.10
2018-1Registro sanitario de bebidas alcohólicas para microempresarios.51.20
2018-2Registro sanitario de bebidas alcohólicas para microempresarios certificados en BPM (de 1 hasta 10 amparamientos).62.88
2018-3Registro sanitario de bebidas alcohólicas para microempresarios certificados en BPM (de 11 amparamientos en adelante).86.22

Registro sanitario, permiso sanitario y notificación sanitaria de alimentos y/o renovación

CódigoConceptoUVT
2100Registro sanitario de alimentos de alto riesgo (variedades de 1 a 10).165.15
2101Registro sanitario de alimentos de alto riesgo (variedades de 11 a 20).180.16
2102Registro sanitario de alimentos de alto riesgo (variedades de 21 en adelante).205.19
2200Permiso sanitario de alimentos de mediano riesgo (variedades de 1 a 10).123.45
2201Permiso sanitario de alimentos de mediano riesgo (variedades de 11 a 20).136.79
2202Permiso sanitario de alimentos de mediano riesgo (variedades de 21 en adelante).161.81
2300Notificación sanitaria de alimentos “NSA” de bajo riesgo (variedades de 1 a 10).82.58
2301Notificación sanitaria de alimentos “NSA” de bajo riesgo (variedades de 11 a 20).90.92
2302Notificación sanitaria de alimentos “NSA” de bajo riesgo (variedades de 21 en adelante).108.43

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario de suplementos dietarios

CódigoConceptoUVT
2024Formas de presentación sólidas: Tabletas, cápsulas, polvos, granulados.137.63
2025Formas de presentación líquidas: Emulsiones, suspensiones, soluciones.130.95
2026Formas de presentación semisólidas: Jaleas, otras presentaciones semisólidas.131.79

Análisis de laboratorio para verificar la calidad de los alimentos, bebidas y otros materiales para consumo y uso humano

CódigoConceptoUVT
2030Alimentos adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados con vitaminas, minerales, aminoácidos, proteínas, oligoelementos, ácidos grasos y otros; complementos alimenticios en presentaciones farmacéuticas.110.10
2031Leche en polvo: entera, semidescremada y descremada, y/o adicionada y/o fortificada con vitaminas y/o minerales y/u otros.70.06
2032Carne y derivados cárnicos.76.74
2033Derivados de frutas: Jugos, concentrados, néctares, pulpas, pulpas azucaradas y refrescos, y/o adicionados y/o fortificados con vitaminas y minerales, pulpa y fruta deshidratada.58.39
2034Derivados lácteos.92.58
2035Derivados de la pesca (conservas, semiconservas y preparados).39.20
2036Frutas y hortalizas: Mermeladas, jaleas, conservas de frutas, bocadillos, encurtidos, verduras, legumbres, raíces, bulbos, tubérculos o rizomas crudos o procesados, oleaginosas.60.89
2037Granos, granulados, cereales, y derivados, harinas y derivados, extruidos o texturizados y pastas alimenticias, crudos o procesados.69.23
2038Alimentos y bebidas dietéticas, hidratantes, carbonatadas, cremas no lácteas.57.55
2039Bebidas estimulantes: café, té, mate, aromática, chocolate, cocoa, tisanas.47.54
2040Gaseosas, refrescos saborizados, cervezas no alcohólicas, aguas envasadas, helados de agua, hielo para consumo directo, granizados.60.05
2041Azúcares y derivados: Azúcar, melazas, productos de confitería, miel de abejas y sus derivados, panela, chocolates y sus sucedáneos, gelatina y sus derivados.63.39
2042Especias, condimentos, salsas, aderezo, vinagre, mayonesa, mostaza, sal para consumo humano.79.24
2043Grasas, aceites, mezclas de aceites, margarinas, manteca comestible, minarinas, emulsiones para untar (esparcibles), aliñado graso.50.05
2044Margarinas, minarinas y emulsiones para untar con vitaminas.54.22
2045Licores: Aguardiente, whisky, coñac, brandy, ron, vodka, ginebra, gyn, tequila, licor, cremas, licor anisado, pisco, grapa, cachaza, licores saborizados.35.87
2046Vinos, cocteles y aperitivos, refrescos vínicos.40.87
2047Cervezas40.04
2048Análisis de migración global y de migración específica de metales pesados (Cd, Pb, Hg y Cr) en materiales y objetos poliméricos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.67.56
2049Análisis de materias primas, aditivos, otros.38.37
2050Análisis de vitaminas (valor por c/u).41.70
2051Análisis de Micotoxinas (valor por c/u).31.70
2052Análisis de metales por absorción atómica o ICP (valor por c/u).32.53
2053Análisis de trazas de metales en horno de grafito por absorción atómica o ICP (valor por c/u).25.02
2054Análisis varios (colorantes, conservantes, grado alcohólico, Metanol).28.36
2055Análisis de residuos de plaguicidas: Organofosforados, organoclorados y carbamatos.133.45
2056Análisis microbiológico de alimentos.44.21
2057Análisis microbiológicos especiales.25.02
2058Análisis microscópico de alimentos.30.03
2059Leche líquida higienizada entera, semidescremada y descremada adicionada o no con fibra, y/o adicionada y/o fortificada con vitaminas y minerales.70.90
2060Alimentos sustitutos y complementarios de la leche materna.72.57
2061Alimentos infantiles.75.90
2062Alimentos y bebidas de imitación o fantasía.70.90
2063Alimentos y bebidas preparados: platos listos para el consumo, arepas, pizzas, pastas con o sin relleno, burritos mexicanos, tacos mexicanos, empanadas, tamales, pasabocas, cereales, granos, tubérculos, hortalizas, ensaladas de frutas, salpicón.45.88
2064Alimentos diversos: huevo en conserva, liofilizados, pasteurizados, levadura, aditivos de uso directo para el consumidor.50.05
2065Materias primas: Alcohol extraneutro o rectificado, alcohol vínico, alcohol de malta, alcohol de cereales, tafias.44.21
2066Análisis de incentivos en contacto con alimentos.55.88
2067Determinación de especie cárnica.23.35
2068Análisis cualitativo de eventos de transformación para la detección de organismos genéticamente modificados. Más 5,81 UVT por análisis cualitativo adicional de eventos de transformación para la detección de organismos genéticamente modificados.16.96
2069Análisis cuantitativo (adicional al análisis cualitativo) por evento de transformación para la detección de organismos genéticamente modificados.13.75

Asignación, reconocimiento o renovación de código de notificación sanitaria obligatoria para productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal

CódigoConceptoUVT
3010Asignación, reconocimiento o renovación de código de notificación sanitaria obligatoria para productos de higiene doméstica y absorbente de higiene personal.42.77

Registro sanitario de dispositivos médicos y/o renovación registro sanitario de dispositivos médicos

CódigoConceptoUVT
3003Registro sanitario o renovación automática para dispositivos médicos y equipos biomédicos que no sean de tecnología controlada clase I y IIA.75.90
3004Registro sanitario o renovación para dispositivos médicos y equipos biomédicos que no sean de tecnología controlada clase IIB y III.85.91
3005Permiso de comercialización para equipos biomédicos de tecnología controlada.86.75

Registro sanitario de productos plaguicidas de uso doméstico y/o, renovación registro sanitario de productos plaguicidas de uso doméstico

CódigoConceptoUVT
3006Plaguicidas de uso doméstico o de uso en salud pública.159.31

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario de reactivos de diagnóstico in vitro

CódigoConceptoUVT
3040Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 1 (un) producto.50.05
3041Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 2 (dos) productos.70.06
3042Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 3 (tres) productos.90.08
3043Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 4 (cuatro) productos.110.93
3044Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 5 (cinco) productos.130.95
3045Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 6 (seis) productos.150.97
3046Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 7 (siete) productos.170.99
3047Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 8 (ocho) productos.191.84
3048Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 9 (nueve) productos.211.86
3049Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 10 (diez) productos.231.88
3050Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 11 (once) productos.251.90
3051Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 12 (doce) productos.271.91
3052Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 13 (trece) productos.292.77
3053Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 14 (catorce) productos.312.78
3054Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 15 (quince) productos.332.80
3055Reactivos de diagnóstico in vitro categoría III.66.73
3056Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: un (1) reactivo huérfano.14.70
3057Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de uno (1) hasta diez (10) reactivos.93.60
3058Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de once (11) hasta veinte (20) reactivos.182.05
3059Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de veintiuno (21) hasta treinta (30) reactivos.269.96
3060Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de treinta y uno (31) hasta cuarenta (40) reactivos.357.88
3061Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de cuarenta y uno (41) hasta cincuenta (50) reactivos.445.78

    Otros procedimientos

CódigoConceptoUVT
4001Modificación de registro sanitario, permiso sanitario, notificación sanitaria.8.87
4001-1Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde uno (1) hasta dos (2): etiquetas, presentaciones comerciales, variedades de vinos o diseño de etiquetas.14.91
4001-2Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde tres (3) hasta cinco (5): etiquetas, presentaciones comerciales, variedades de vinos o diseño de etiquetas.15.76
4001-3Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde seis (6) hasta diez (10): etiquetas, presentaciones comerciales, variedades de vinos o diseño de etiquetas.16.60
4001-4Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde once (11) en adelante: etiquetas, presentaciones comerciales, variedades de vinos o diseño de etiquetas.17.43
4001-5Modificación del registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambios de calidad de baja complejidad y aspectos legales, con autorización de agotamiento (ver instructivo).46.50
4001-7Modificación por cambios en el contenido de un registro sanitario de medicamentos de síntesis o biológico por aspectos legales con autorización de agotamiento (ver instructivo).23.23
4001-8Modificación de registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambios de calidad de alta complejidad con autorización de agotamiento (ver instructivo).60.77
4001-9Modificación del registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambios de calidad de alta complejidad y aspectos legales, con autorización de agotamiento (ver instructivo).67.68
4001-17Modificaciones de registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambios que afectan la calidad por cambios de calidad de baja complejidad con autorización de agotamiento (ver instructivo).28.97
4001-21Cambios o modificaciones legales a la información de la notificación sanitaria obligatoria de productos cosméticos, de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal/Modificaciones aplicables al importador paralelo.7.36
4001-22Cambios técnicos a notificación sanitaria obligatoria de productos cosméticos, de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal.10.14
4001-23Cambios técnico-legales a notificación sanitaria obligatoria de productos cosméticos, de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal.11.50
4001-24Modificaciones por cambios en el contenido de un registro sanitario de medicamento homeopático o suplemento dietario por aspectos legales.12.64
4001-25Modificaciones por cambios en el contenido de un registro sanitario de medicamento homeopático o suplemento dietario por aspectos técnico legales.17.56
4001-26Modificación al registro sanitario de suplementos dietarios por cambios en: nuevas declaraciones de propiedades nutricionales o de apoyo nutricional o en salud de rótulos y etiquetas que requieren concepto previo del Invima. La evaluación de declaraciones ante la sala será máximo de tres (3) por producto.29.34
4001-27Modificación al registro sanitario por cambio en: utilidad terapéutica, contraindicaciones, advertencias, condición de comercialización, vías de administración mientras no se altere la forma farmacéutica, información para prescribir, inserto, otros que impliquen cambio en la eficacia y seguridad que requieren concepto previo de la Sala Especializada de Medicamentos Homeopáticos.29.08
4001-28Modificación de registro sanitario por cambios que afecten la eficacia, la seguridad y/o aspectos farmacológicos del medicamento con excepción de la modificación de registro sanitario por ampliación de indicaciones.80.14
4001-29Modificación del registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambio de modalidad.283.25
4001-30Modificación del registro sanitario de productos biológicos por cambios que afecten la calidad y que requieran concepto de la comisión revisora.93.49
4001-31Modificación automática legal de registro, permiso o notificación sanitaria de alimentos, relacionadas únicamente con cambios en el nombre o razón social, dirección, domicilio, cesiones, adiciones o exclusiones de titulares, fabricantes, envasadores e importadores y cambios de modalidad.13.28
4001-32Modificación automática de registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria de alimentos que presenten máximo dos (2) cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán incluir cambios legales.14.06
4001-33Modificación automática de registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria de alimentos que presenten entre tres (3) y ocho (8) cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán incluir cambios legales.15.16
4001-34Modificación automática de registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria de alimentos que presenten entre nueve (9) y catorce (14) cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán incluir cambios legales.16.74
4001-35Modificación automática de registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria de alimentos que presenten quince (15) o más cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán incluir cambios legales.18.58
4001-36Modificaciones de carácter legal automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico in vitro reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano.16.87
4001-37Modificaciones de carácter técnico automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico in vitro reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano.21.64
4001-38Modificaciones de carácter legal y técnico automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico in vitro reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano.24.52
4001-39Modificación automática de registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gases medicinales o antivenenos por aspectos legales y combinación entre éstos, con agotamiento.24.02
4001-40Modificación automática de registro sanitario de medicamentos de síntesis química, gases medicinales o antivenenos por aspectos técnicos, combinación entre éstos y de técnicos con legales, con agotamiento.32.01
4001-41Modificación de registro sanitario por cambios que afecten la calidad del medicamento y que requieren presentar estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE).261.80
4001-42Modificación a la autorización de movimiento transfronterizo, el tránsito, la manipulación y la utilización de los organismos vivos modificados, OVM, para uso exclusivo en salud y alimentación humana.7.08
4001-66Modificaciones automáticas por cambios de tipo legal en el contenido de un registro sanitario de preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con autorización de agotamiento.16.43
4001-67Modificaciones automáticas por cambios de tipo técnico-legal en el contenido de un registro sanitario de preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con autorización de agotamiento.29.49
4001-68Modificaciones por cambios de tipo técnico-legal en el contenido de un registro sanitario de preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con autorización de agotamiento.26.93
4001-69Modificaciones al registro sanitario de preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales (PFM), producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) por cambios en: usos terapéuticos, condiciones de comercialización, contraindicaciones, advertencias, precauciones, posología, entre otros, que impliquen cambios en la eficacia o seguridad de productos fitoterapéuticos que requieren concepto previo del Invima.39.61
4002Certificaciones y autorizaciones
4002-2Certificación de venta libre en formato OMS; certificación de venta libre con observaciones específicas por registro sanitario, permiso sanitario, permiso de comercialización, notificación sanitaria obligatoria o notificación sanitaria de alimentos.2.99
4002-3Certificación automática de no obligatoriedad de registros, permisos y notificaciones sanitarias de alimentos o certificado de exportación.6.73
4002-4Certificación de venta libre automático con firma digital.0.517
4002-5Autorizaciones.3.28
4002-6Certificación de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias primas de origen vegetal (plantas medicinales en estado bruto no procesadas) de hasta diez (10) productos.7.07
4002-7Certificación de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias primas de origen vegetal (plantas medicinales en estado bruto no procesadas) desde once (11) hasta veinticinco (25) productos.7.28
4002-8Certificación de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias primas de origen vegetal (plantas medicinales en estado bruto no procesadas) desde veintiséis (26) hasta cincuenta (50) productos.7.49
4002-9Certificación de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias primas de origen vegetal (plantas medicinales en estado bruto no procesadas) desde cincuenta y un (51) productos en adelante.8.02
4002-10Autorización de etiquetas o agotamiento hasta cinco (5) etiquetas de alimentos.10.80
4002-11Autorización de etiquetas o agotamiento de seis (6) hasta diez (10) etiquetas de alimentos.11.43
4002-12Autorización de etiquetas o agotamiento de once (11) hasta quince (15) etiquetas de alimentos.12.23
4002-13Autorización de etiquetas o agotamiento de dieciséis (16) hasta veinte (20) etiquetas de alimentos.13.02
4002-14Autorización de etiquetas o agotamiento de veintiún (21) etiquetas de alimentos en adelante.16.48
4002-15Autorización de muestra sin valor comercial de uno (1) a cinco (5) productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.6.41
4002-16Autorización de muestra sin valor comercial de seis (6) hasta diez (10) productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.6.81
4002-17Autorización de muestra sin valor comercial de once (11) hasta quince (15) productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.7.26
4002-18Autorización de muestra sin valor comercial de dieciséis (16) hasta veinte (20) productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.7.70
4002-19Autorización de muestra sin valor comercial de veintiún (21) o más productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.9.89
4002-20Agotamiento del producto con presentaciones comerciales de bebidas alcohólicas de hasta dos (2) contenidos volumétricos o diseño de etiquetas.7.47
4002-21Agotamiento del producto con presentaciones comerciales de bebidas alcohólicas de tres (3) hasta cinco (5) contenidos volumétricos o diseño de etiquetas.8.02
4002-22Agotamiento del producto con presentaciones comerciales de bebidas alcohólicas de seis (6) contenidos volumétricos o diseño de etiquetas en adelante.9.27
4002-23Certificación de exportación de medicamentos homeopáticos o certificación de exportación de productos fitoterapéuticos.12.61
4002-24Autorización importación como medicamento vital no disponible para un paciente.27.85
4002-25Autorización de importación como medicamento vital no disponible para varios pacientes o autorización para fabricación nacional de vitales no disponibles.36.12
4002-26Autorización importación vital no disponible en caso de urgencia clínica.32.68
4002-27Autorización de importación de muestra sin valor comercial desde uno (1) a cinco (5) productos de bebidas alcohólicas y alimentos.4.40
4002-28Autorización de importación de muestra sin valor comercial desde seis (6) a diez (10) productos de bebidas alcohólicas y alimentos.5.71
4002-29Autorización de importación de muestra sin valor comercial desde once (11) a quince (15) productos de bebidas alcohólicas y alimentos.6.89
4002-30Autorización de importación de muestra sin valor comercial desde dieciséis (16) a veinte (20) productos de bebidas alcohólicas y alimentos.8.19
4002-31Autorización de importación de muestra sin valor comercial desde veintiuno (21) a doscientos (200) productos de bebidas alcohólicas y alimentos.9.37
4002-32Autorización importación como donación de uno (1) hasta veinte (20) productos de medicamentos, dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in vitro, alimentos, suplementos dietarios, cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.4.60
4002-33Autorización importación como donación de veintiuno (21) hasta doscientos (200) productos de medicamentos, dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in vitro, alimentos, suplementos dietarios, cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.4.95
4002-34Autorización importación como donación de doscientos uno (201) en adelante de productos de medicamentos, dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in vitro, alimentos, suplementos dietarios, cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.9.28
4002-36Certificación por registro sanitario de dispositivo médico, asociado a recall, alertas sanitarias e informes de seguridad.5.56
4002-37Autorización y/o renovación de autorización a los laboratorios que ofrezcan servicios de análisis o pruebas de laboratorio para la vigilancia y control sanitario. Por cada metodología a autorizar.15.66
4002-38Autorización de actividad de movimiento transfronterizo, el tránsito, la manipulación y la utilización de los organismos vivos modificados, OVM, para uso exclusivo en salud y alimentación humana o autorización de cesión.52.70
4002-39Autorización sanitaria de uso de emergencia, ASUE, para medicamentos de síntesis química y biológicos destinados a la prevención y tratamiento de la Covid-19 en vigencia de la emergencia sanitaria.94.42
4002-40Modificación de autorización sanitaria de uso de emergencia, ASUE, para medicamentos de síntesis química y biológicos destinados a la prevención y tratamiento de la Covid-19 en vigencia de la emergencia sanitaria.71.23
4003Vistos buenos de importación y exportación por ítem de producto.0.450
4004Autorización publicidad
4004-1Autorizaciones de publicidad (publicidad medio impreso, audiovisual, radio y páginas web de hasta 100 folios).8.57
4004-2Autorizaciones de publicidad (publicidad página web de 101 hasta 300 folios).25.63
4004-3Autorizaciones de publicidad (publicidad página web de 301 en adelante).38.06
4006Certificación en buenas prácticas
4006-1Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en buenas prácticas de manufactura (BPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), y producto intermedio (si aplica) máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), en una misma dirección y razón social.624.40
4006-2Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en buenas prácticas de manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs) y producto intermedio (si aplica), máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), en una misma dirección y razón social.1143.90
4006-3Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs) y producto intermedio (si aplica), máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos (IFas), en una misma dirección y razón social.1761.84
4006-4Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs) y producto intermedio (si aplica), máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), en una misma dirección y razón social.3022.71
4006-5Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde producto intermedio (si aplica), envasado y/o liofilización, producto a granel (si aplica), hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.624.40
4006-6Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde producto intermedio (si aplica), envasado y/o liofilización, producto a granel (si aplica), hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.1143.90
4006-7Visita de certificación. renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde producto intermedio (si aplica), envasado y/o liofilización, producto a granel (si aplica), hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.1761.84
4006-8Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina, en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde producto intermedio (si aplica), envasado y/o liofilización, producto a granel (si aplica), hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.3022.71
4006-9Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional, en establecimientos que realicen los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio, producto a granel, envasado y/o liofilización, hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.775.56
4006-10Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, en establecimientos que realicen los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio, producto a granel, envasado y/o liofilización, hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.1424.74
4006-11Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, en establecimientos que realicen los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio, producto a granel, envasado y/o liofilización, hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.2197.17
4006-12Visita de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina, en establecimientos que realicen los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio, producto a granel, envasado y/o liofilización, hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.3773.26
4006-13Visita de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional, en capacidad instalada de áreas, equipos y procesos productivos, sin incluir producto nuevo, en una misma dirección y razón social.335.46
4006-14Visita de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, en capacidad instalada de áreas, equipos y procesos productivos, sin incluir producto nuevo, en una misma dirección y razón social.657.54
4006-15Visita de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, en capacidad instalada de áreas, equipos y procesos productivos, sin incluir producto nuevo, en una misma dirección y razón social.1066.54
4006-16Visita de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3: Europa; Asía; Oceanía; México y Argentina, en capacidad instalada de áreas, equipos y procesos productivos, sin incluir producto nuevo, en una misma dirección y razón social.1937.32
4007Modificación de resoluciones de certificaciones de BPM.12.51
4008Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para: establecimientos de medicamentos, establecimientos de productos cosméticos, establecimientos de productos fitoterapéuticos, medicamentos homeopáticos, establecimientos de gases medicinales, suplementos dietarios; o expedición de certificados de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para: Establecimientos o para Laboratorios que realizan análisis de control de calidad de productos farmacéuticos, bien sea que pertenezcan al laboratorio fabricante o sean externos que presten servicios de análisis de control de calidad; o Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Elaboración (BPE) para: establecimientos de central de mezclas; Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos (BPER) para: Radiofarmacias; o Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE) para las instituciones que realicen estos estudios.11.68
4009Visita para certificar o renovar certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: Establecimientos de productos cosméticos.441.23
4010-1Visita para certificar o renovar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de establecimientos con plantas o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de suplementos dietarios. Visitas para certificar o renovar las Buenas Prácticas Clínicas (BPC) en las instituciones donde se llevan a cabo investigaciones con seres humanos, mediante la aplicación y uso de medicamentos.446.24
4010-2Visitas para certificar o renovar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de establecimientos de productos fitoterapéuticos.570.33
4011Visita de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de productos fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de suplementos dietarios en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.1225.28
4012Visita de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de productos fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de suplementos dietarios en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.2252.05
4013Visita de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de productos fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de suplementos dietarios en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.3354.72
4017Visitas de ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos nuevos de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de medicamentos.284.43
4018Visita de certificación o ampliación de la capacidad de producción a establecimientos de productos cosméticos, de higiene doméstica o absorbentes de higiene personal; Visita para la verificación del cumplimiento de condiciones sanitarias y verificación del cumplimiento de condiciones sanitarias por ampliación a establecimientos fabricantes de· productos plaguicidas de uso doméstico.71.31
4018-1Visita y certificado de ampliación de líneas de establecimientos certificados en condiciones sanitarias de dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in vitro.44.02
4022Expedición de certificados de capacidad para: Establecimientos de productos cosméticos.9.18
4023-1Visitas de verificación de requisitos sanitarios de unidades de biomedicina reproductiva, bancos de semen y todos los demás bancos de componentes anatómicos.72.96
4023-2Certificación a fabricantes en: Capacidad de producción de dispositivos médicos sobre medida para la salud visual y ocular; condiciones sanitarias de dispositivos médicos: condiciones sanitarias de reactivos de diagnóstico in vitro.99.89
4023-3Certificación a importadores en: capacidad de almacenamiento y acondicionamiento de reactivos de diagnóstico in vitro; capacidad de almacenamiento y acondicionamiento de dispositivos médicos.79.51
4023-4Certificación y visita en condiciones sanitarias para bancos de tejido y médula ósea.127.21
4024Visitas para certificar normas técnicas de fabricación (NTF) para productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico.229.20
4025-1Certificación y visita en Buenas Prácticas (BP) para: Bancos de tejidos y de médula ósea.352.27
4025-2Visita de verificación de requerimiento de Buenas Prácticas (BP) para bancos de tejidos.95.09
4025-3Visita de verificación de centros de almacenamiento temporal de tejidos.117.10
4026Certificado de capacidad de producción técnica para: Establecimientos de productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico; establecimientos de dispositivos médicos sobre medida para salud visual y ocular; certificado de concepto técnico de condiciones sanitarias para establecimientos fabricantes de dispositivos médicos; Establecimientos de productos oficinales, establecimientos de plaguicidas de uso doméstico. Certificado de condiciones sanitarias de: establecimientos fabricantes de reactivos de diagnóstico in vitro, bancos de tejidos y de médula ósea (para actualización). Certificado de capacidad de almacenamiento y/o acondicionamiento de: reactivos de diagnóstico in vitro, dispositivos médicos.9.18
4027Certificado de Normas Técnicas de Fabricación (NTF) de productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico.9.18
4028Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in vitro. Certificado de bancos de tejidos y de médula ósea (para actualización).11.68
4029Verificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) en industrias o fábricas de alimentos; Visitas de certificación o renovación de certificación de buenas prácticas de manufactura (BPM) a plantas productoras de alimentos que van a elaborar suplementos dietarios. Visitas de certificación o renovación de buenas prácticas de manufactura a establecimientos fabricantes, procesadores, mezcladores o envasadores de aditivos alimentarios.183.50
4030Certificación de implementación y funcionamiento del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) en la industria de alimentos, plantas de beneficio animal, desposte y desprese y en motonaves o buques pesqueros para la exportación a la Unión Europea; e inscripción de fábricas de productos de la pesca y acuicultura según lo establecido en el Decreto 60 de 2002.217.91
4030-1Certificación de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y puntos críticos de control (HACCP), en motonaves o buques pesqueros para la exportación a la Unión Europea ubicados en la Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.416.71
4030-2Certificación de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y puntos críticos de control (HACCP), en motonaves o buques pesqueros para la exportación a la Unión Europea ubicados en la Zona 2: Estados Unidos: Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.571.35
4030-3Certificación de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y puntos críticos de control (HACCP), en motonaves o buques pesqueros para la exportación a la Unión Europea ubicados en la Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.790.55
4031Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de medicamentos, productos fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas, exclusivamente a la producción de suplementos dietarios en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.799.06
4032Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de medicamentos, productos fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de suplementos dietarios en el exterior: Zona 2: Estados Unidos, Canadá, Chile, Brasil, África y Puerto Rico.1526.39
4033Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de medicamentos, productos fitoterapéuticos, establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de suplementos dietarios en el exterior: Zona 3: Europa, Asia, Oceanía, México y Argentina.2021.84
4034Visitas de ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos nuevos de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de cosméticos.278.59
4035Visitas de ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos nuevos de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de productos fitoterapéuticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de suplementos dietarios.279.42
4036Visitas de certificación o renovación de certificación Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales obtenidos por los siguientes métodos: criogénico, combustión y/o química.328.63
4037Visitas de ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos nuevos de laboratorios certificados con BPM: establecimientos de gases medicinales por los siguientes métodos: criogénico, combustión y/o química.196.85
4038Visitas de certificación o renovación de certificación Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales obtenidos por tamiz molecular o PSA y/o compresor.183.50
4039Visitas de ampliación de líneas de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de gases medicinales obtenidos por tamiz molecular o PSA y/o compresor.145.97
4040Visitas de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o muestreo.335.30
4040-1Visitas de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o muestreo), en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. En una misma dirección y razón social.467.73
4040-2Visitas de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o muestreo), en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. En una misma dirección y razón social.766.15
4040-3Visitas de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o muestreo), en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. En una misma dirección y razón social.1382.08
4041Visitas de ampliación de líneas de laboratorios certificados con certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o muestreo).219.37
4041-1Visitas de ampliación de líneas de laboratorios certificados con Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o muestreo), en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. En una misma dirección y razón social.405.50
4041-2Visitas de ampliación de líneas de laboratorios certificados con Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o muestreo), en el Exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. En una misma dirección y razón social.683.60
4041-3Visitas de ampliación de líneas de laboratorios certificados con Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o pesaje (dispensación y/o muestreo), en el Exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. En una misma dirección y razón social.1271.58
4042Visitas de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: Establecimientos de productos homeopáticos.304.44
4043Visitas de ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos nuevos de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de productos homeopáticos.199.35
4044Visitas de certificación y/o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Elaboración (BPE).
4044-1Visitas de certificación y/o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Elaboración (BPE) para establecimientos que realicen uno y/o dos actividades del servicio farmacéutico.184.33
4044-2Visitas de certificación y/o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Elaboración (BPE) para establecimientos que realicen tres o más actividades del servicio farmacéutico.210.19
4044-3Visitas de ampliación de la certificación de Buenas Prácticas de Elaboración (BPE) para nuevos servicios farmacéuticos en establecimientos certificados con BPE, o visitas de ampliación de la certificación de Buenas Prácticas de Elaboración para Radiofármacos BPER, para nuevos procesos.151.80
4044-4Visita de certificación y/o renovación en buenas prácticas de elaboración de radiofármacos (BPER)375.16
4045Vo Bo para exclusión del IVA (Más 0,450 UVT por cada materia prima).1.67
4047Expedición de certificados de aceptación de certificados en BPM de que trata el Decreto 162 de 2004 o certificados de aceptación de certificados en Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de que trata la Resolución 3619 de 2013 (art. 9).10.01
4049Evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química y antivenenos con fines diferentes a la obtención de registro sanitario.227.98
4049-1Evaluación farmacológica de molécula nueva con fines diferentes a la obtención de registro sanitario.335.56
4049-2Evaluación de estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE).168.40
4049-3Evaluación para modificación de registro sanitario para ampliar indicaciones de medicamentos.282.62
4049-4Concepto técnico especializado para reactivos de diagnóstico categoría III, que no sean países de referencia.93.29
4049-5Evaluación farmacológica de vacunas y hemoderivados con fines diferentes a la obtención de registro sanitario (vitales no disponibles y donaciones).1869.17
4049-6Evaluación farmacológica de otros productos biológicos con fines diferentes a la obtención de registro sanitario (vitales no disponibles y donaciones).1297.30
4050Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados.
4050-1Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados por 1 (un) lote del cargamento y por 1 (un) lote a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.4.17
4050-2Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 2 (dos) a 8 (ocho) lotes del cargamento y por 2 (dos) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.6.95
4050-3Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 9 (nueve) a 15 (quince) lotes del cargamento y por 3 (tres) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.9.73
4050-4Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 16 (dieciséis) a 25 (veinticinco) lotes del cargamento y por 5 (cinco) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.15.28
4050-5Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 26 (veintiséis) a 50 (cincuenta) lotes del cargamento y por 8 (ocho) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.23.61
4050-6Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 51 (cincuenta y uno) lotes del cargamento en adelante y por 10 (diez) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.29.17
4052Autorización sanitaria
4052-1Visita para la autorización sanitaria de plantas de beneficio de animales de las diferentes especies, desposte, desprese y acondicionamiento destinados para consumo humano.64.75
4053Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio de animales de las diferentes especies destinadas para consumo humano por hora, bajo el Decreto 1500 de 2007.
4053-1Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio de aves, bovinos, bufalinos y porcinos con asignación de un inspector oficial por hora.0.784
4053-2Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio de aves, bovinos, bufalinos y porcinos con asignación de un inspector auxiliar por hora.0.659
4053-5Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio de aves, bovinos, bufalinos y porcinos con asignación de un inspector oficial por hora nocturna.1.06
4053-6Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio de aves, bovinos, bufalinos y porcinos con asignación de un inspector auxiliar por hora nocturna.0.893
4053-7Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio de aves, bovinos, bufalinos y porcinos con asignación de un inspector oficial por hora dominical o festivo diurna.2.35
4053-8Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio de aves, bovinos, bufalinos y porcinos con asignación de un inspector auxiliar por hora dominical o festiva diurna.1.98
4053-9Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio de aves, bovinos, bufalinos y porcinos con asignación de un inspector oficial por hora dominical o festiva nocturna.3.18
4053-10Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio de aves, bovinos, bufalinos y porcinos con asignación de un inspector auxiliar por hora dominical o festiva nocturna.2.67
4054Autorización de importación mediante reconocimiento de equivalencia del sistema de inspección, vigilancia y control de alimentos de países interesados en exportar a Colombia, carne y productos cárnicos comestibles, ubicados en el exterior Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.829.96
4055Autorización de importación mediante reconocimiento de equivalencia del sistema de inspección, vigilancia y control de alimentos de países interesados en exportar a Colombia carne y productos cárnicos comestibles, ubicados en el exterior Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.1406.48
4056Autorización de importación mediante reconocimiento de equivalencia del sistema de inspección, vigilancia y control de alimentos de países interesados en exportar a Colombia, carne y productos cárnicos comestibles, ubicados en el exterior Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.2610.39
4057Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos para la industria de alimentos o bebidas.
4057-1Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 1 (uno) a 10 (diez) lotes y por 1 (un) Lote a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.4.17
4057-2Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 11 (once) a 20 (veinte) lotes del cargamento y por 3 tres lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.9.73
4057-3Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 21 (veintiuno) a 50 (cincuenta) lotes del cargamento por 5 cinco lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.15.28
4057-6Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 51 (cincuenta y un) lotes del cargamento en adelante y por 7 (siete) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.20.84
4058Certificado de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas.
4058-1Certificado de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas por 1 (un) lote del cargamento y por 1 (un) lote a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.4.17
4058-2Certificado de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 2 (dos) a 8 (ocho) lotes del cargamento y por 3 (tres) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.9.73
4058-3Certificado de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 9 (nueve) a 15 (quince) lotes del cargamento y por 4 (cuatro) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.12.50
4058-4Certificado de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 16 (dieciséis) lotes del cargamento en adelante y por 5 (cinco) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.15.28
4059Autorización para la fabricación de suplementos dietarios en plantas fabricantes de medicamentos y productos fitoterapéuticos con base en la revisión de las validaciones de limpieza.36.40
4060Visitas de certificación o renovación de certificación Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.722.32
4061Visitas de certificación o renovación de certificación Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.965.88
4062Visitas de certificación o renovación de certificación Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.1794.13
4063Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.565.51
4064Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.742.34
4065Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.1483.01
4066Visita de autorización a establecimientos de carne y/o productos cárnicos comestibles de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia, ubicados en la Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.316.12
4067Visita de autorización a establecimientos de carne y/o productos cárnicos comestibles de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia, ubicados en la Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.427.05
4068Visita de autorización a establecimientos de carne y/o productos cárnicos comestibles de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia, ubicados en la Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.728.16
4069Visita y certificado sanitario de apertura y funcionamiento de establecimientos que elaboran adaptan dispositivos médicos sobre medida de tecnología ortopédica externa.171.42
4069-1Visita y certificado de ampliación de líneas de certificado sanitario de apertura y funcionamiento de establecimientos que elaboran y adaptan dispositivos médicos sobre medida de tecnología ortopédica externa.159.71
4070Evaluación de protocolos de investigación clínica.380.47
4071Inspección oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982.
4071-1Inspección oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un médico veterinario oficial por hora diurna.0.717
4071-2Inspección oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un médico veterinario oficial por hora diurna.1.15
4071-3Inspección oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982. de un médico veterinario oficial por hora diurna dominical o festivo.2.24
4071-4Inspección oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982 de un médico veterinario oficial por hora nocturna dominical o festivo.2.93
4071-5Inspección oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un inspector sanitario auxiliar por hora diurna.0.467
4071-6Inspección oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un inspector sanitario auxiliar por hora nocturna.0.801
4071-7Inspección oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un inspector sanitario auxiliar por hora diurna dominical o festivo.1.48
4071-8Inspección oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982 de un inspector sanitario auxiliar por hora nocturna dominical o festivo.1.90
4072Pago adicional por la disponibilidad para la prestación del servicio en horarios adicionales (nocturnos, dominical y festivos diurnos y dominical y festivos nocturnos) - Pago adicional a la tarifa que corresponda (códigos 4050-4057-4058-4073-4078).6.66
4073Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización y exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación.
4073-1Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización y exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación), hasta 1 tonelada.6.19
4073-2Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización y exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación. tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación), de 1 a 100 toneladas.7.18
4073-3Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización y exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación), de 101 a 1.000 toneladas.8.46
4073-4Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización y exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación), de 1.001 a 10.000 toneladas.9.50
4073-5Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización y exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación), de 10.001 a 15.000 toneladas.10.63
4073-6Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización y exportación de otros alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación), para más de 15.000 toneladas.11.82
4074Evaluación de nuevas declaraciones de propiedades de salud en alimentos para consumo humano.178.25
4075Inclusión en el listado de plantas medicinales.
4075-1Inclusión en el listado de plantas medicinales para productos fitoterapéuticos tradicionales (PFT) o importados (PFTI).77.10
4075-2Inclusión en el listado de plantas medicinales para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM).102.87
4076Inclusión de nuevos ingredientes en suplementos dietarios.96.70
4077Visita y certificación o visita y certificación de la renovación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a plantas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas alcohólicas por razón de su capacidad técnica y humana.
4077-1Visita y certificación o visita y certificación de la renovación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a plantas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas alcohólicas clasificadas en el acta de inspección sanitaria hasta con 50 empleados.224.64
4077-2Visita y certificación o visita y certificación de la renovación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a plantas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas alcohólicas clasificadas en el acta de inspección sanitaria con más de 50 empleados.401.38
4077-3Visita y certificación o visita y certificación de la renovación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a los microempresarios que fabriquen, elaboren, hidraten y/o envasen bebidas alcohólicas, en el marco de las disposiciones del Decreto 1366 de 2020.161.84
4078Certificado de inspección sanitaria para nacionalización y exportación de bebidas alcohólicas.
4078-1Certificado de inspección sanitaria para la nacionalización y exportación de bebidas alcohólicas, de uno (1) a diez (10) lotes incluidos en el cargamento por un (1) lote a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.12.40
4078-2Certificado de inspección sanitaria para nacionalización y exportación de bebidas alcohólicas, de once (11) lotes o más incluidos en el cargamento y por cuatro (4) lotes a inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta tarifa vía electrónica.19.21
4079Certificación de Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) para establecimientos dedicados a la fabricación de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.422.42
4081Autorizaciones relacionadas con materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos bebidas para consumo humano.
4080(sic)Autorización de nuevas materias primas, sustancias, insumos y aditivos para la fabricación de materiales objetos, envases y equipamientos, destinados a entrar en contacto con los alimentos y bebidas para consumo humano.191.17
4081-2Autorización de materiales reciclados utilizados en la fabricación de objetos, envases, materiales y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.422.19
4081-3Autorización de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con los alimentos y bebidas para consumo humano, fabricados con materiales reciclados; Autorización de materiales reciclados importados para la fabricación de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con los alimentos y bebidas para consumo humano; Autorización de envases plásticos reusables (retornables o también llamados de uso repetido) destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano; Autorización de nuevas combinaciones de materiales y objetos para la fabricación de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con los alimentos y bebidas para consumo humano.18.10
4081-4Autorización de incentivos promocionales y de rótulos o etiquetas para contacto con alimentos.18.10
4083Evaluación de enmiendas de protocolos de investigación clínica.29.93
4083-1Evaluación de nuevos centros de investigación, consentimientos informados, nuevos investigadores de protocolos de investigación farmacológica o sus combinaciones.26.48
4083-2Evaluación de estudios de estabilidad de medicamentos en investigación para ampliación de vida útil.24.87
4083-3Evaluación de enmiendas para protocolos de investigación con dispositivos médicos prototipo.20.32
4083-4Evaluación de nuevas solicitudes de importación de suministros para protocolos de investigación.9.34
4083-5Solicitud de modificación de vida útil para un producto y/o medicamento en investigación que ya cuenta con aprobación en otro ensayo clínico.13.59
4084Concepto técnico para reactivos de diagnóstico utilizados en protocolos de investigación.62.24
4085Concepto técnico para la aprobación de protocolos de investigación con dispositivos médicos prototipo.79.94
4086Inscripción de recurso humano para mantenimiento de equipos biomédicos categoría de riesgo IIB y III.6.66
4087Análisis de laboratorio.
4087-1Análisis de laboratorio a medicamentos sólidos (tabletas, granulados y cápsulas). Incluye pruebas de identificación, cuantificación del fármaco. determinación de impurezas. Disolución y uniformidad de dosis.99.24
4087-2Análisis de laboratorio a medicamentos inyectables (polvos para inyección, suspensiones y soluciones inyectables). Incluye pruebas de identificación, cuantificación, impurezas, esterilidad endotoxinas.115.91
4087-3Análisis de laboratorio a medicamentos en solución o suspensión para administración oral (soluciones y polvos para solución o suspensión oral). Incluye pruebas de identificación, cuantificación, impurezas, límite microbiano y pH.79.19
4087-4Análisis de laboratorio a medicamentos para administración por vía oftálmica ótica o nasal. Incluye pruebas de identificación, cuantificación, pH y pruebas microbiológicas (límite microbiano o esterilidad).71.27
4087-5Análisis de laboratorio a medicamentos para administración cutánea (parches, líquidos, semisólidos y suspensiones). Incluye pruebas de identificación, cuantificación del ingrediente activo, pH y límite microbiano.59.50
4088Liberación de lotes precomercialización de vacunas, sueros de origen animal, productos hemoderivados y otros productos biológicos.
4088-1Liberación de lote por documentación de hemoderivados, vacunas y sueros de origen animal excepto el suero antiofídico21.09
4088-2Liberación de lote por análisis de vacunas.319.42
4088-3Liberación de lote por análisis de hemoderivados.193.88
4088-4Liberación de lote por análisis de sueros de origen animal.271.56
4089Visita de verificación de nuevas condiciones en la certificación de Buenas Prácticas Clínicas (BPC), que aplica para los componentes: comité de ética; laboratorio clínico; servicio farmacéutico; y cambios de sede de la institución certificada.106.31
4089-1Verificación documental de cambios en la certificación de Buenas Prácticas Clínicas (BPC) que impliquen: nuevos servicios asistenciales (hospitalización y/o ambulatorios) institucionales o contratados, para investigación clínica, a excepción de servicio farmacéutico y laboratorio clínico; cierre de servicios asistenciales, para investigación clínica; inclusión de actividades de ajuste y adecuación de dosis de medicamentos, para investigación clínica; cambio en nomenclatura de la institución; cambio razón social y/o de número de identificación tributaria; cambio de sede de comité de ética.31.92
4090Certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de medicamentos en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.1236.96
4091Certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de medicamentos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.2263.72
4092Certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios de medicamentos en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.3366.39
4093Certificación o renovación de certificados de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de: Establecimientos de medicamentos.452.91
4094Certificación en buenas prácticas de laboratorio (BPL).
4094-1Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de control de calidad de medicamentos, ubicados en el territorio nacional339.43
4094-2Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de control de calidad de medicamentos, ubicados en el exterior. Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.730.62
4094-3Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de control de calidad de medicamentos, ubicados en el exterior. Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.1070.80
4094-4Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de control de calidad de medicamentos, ubicados en el exterior. Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.1566.25
4094-5Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de control de calidad de medicamentos, que pertenezcan al laboratorio fabricante, ubicado en el territorio nacional.339.43
4094-6Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de control de calidad de medicamentos, que pertenezcan al laboratorio fabricante ubicado en el exterior. Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.730.61
4094-7Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de control de calidad de medicamentos, que pertenezcan al laboratorio fabricante, ubicado en el exterior. Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.1070.80
4094-8Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de control de calidad de medicamentos, que pertenezcan al laboratorio fabricante, ubicado en el exterior. Zona 3: Europa; Asia; Oceanía: México y Argentina.1498.69
4094-9Visitas de ampliación de la certificación a establecimientos certificados con Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de análisis, cambios mayores o críticos en las metodologías de análisis, la realización de análisis específicos para estudio de estabilidad y demás ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de certificación, ubicados en el territorio nacional.291.47
4094-10Visitas de ampliación de la certificación a establecimientos certificados con Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y/o equipos de análisis, cambios mayores o críticos en las metodologías de análisis, la realización de análisis específicos para estudio de estabilidad y demás ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de certificación. Ubicados en Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.668.17
4094-11Visitas de ampliación de la certificación a establecimientos certificados con Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y/o equipos de análisis, cambios mayores o críticos en las metodologías de análisis, la realización de análisis específicos para estudio de estabilidad y demás ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de certificación. Ubicados en: Zona 2: Estados Unidos, Canadá, Chile, Brasil, África y Puerto Rico.990.33
4094-12Visitas de ampliación de la certificación a establecimientos certificados con Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de análisis, cambios mayores o críticos en las metodologías de análisis, la realización de análisis específicos para estudio de estabilidad y demás ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de certificación. Ubicados en: Zona 3: Europa, Asia, Oceanía, México y Argentina.1393.45
4094-13Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de medicamentos que funcionen en las mismas instalaciones y con la misma razón social del laboratorio fabricante, ubicado en el territorio nacional.564.55
4094-14Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de medicamentos que funcionen en las mismas instalaciones y con la misma razón social del laboratorio fabricante, ubicado en el exterior. Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.1411.07
4094-15Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de medicamentos que funcionen en las mismas instalaciones y con la misma razón social del laboratorio fabricante, ubicados en el exterior. Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.2523.54
4094-16Visitas de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de medicamentos que funcionen en las mismas instalaciones y con la misma razón social del laboratorio fabricante, ubicados en el exterior. Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.3708.78
4095Visita de clasificación en plantas de beneficio animal por razón de su capacidad de sacrificio, disponibilidades técnicas, de dotación y de cumplimiento de la reglamentación sanitaria.
4095-1Visita de clasificación en plantas de beneficio animal por razón de su capacidad de sacrificio, disponibilidades técnicas, de dotación y de cumplimiento de la reglamentación sanitaria, en Bogotá.85.89
4095-2Visita de clasificación en plantas de beneficio animal por razón de su capacidad de sacrificio, disponibilidades técnicas, de dotación y de cumplimiento de la reglamentación sanitaria, a nivel nacional.182.82
4096Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de desposte y desprese de animales para consumo humano, interesadas en realizar procesos de exportación o a solicitud del interesado por hora.
4096-1Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de desposte y desprese con asignación de un inspector oficial médico veterinario por hora diurna.0.734
4096-2Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de desposte y desprese con asignación de un inspector oficial médico veterinario por hora nocturna.1.15
4096-3Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de desposte y desprese con asignación de un inspector oficial médico veterinario por hora dominical o festivo diurna.2.20
4096-4Inspección oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de desposte y desprese con asignación de un inspector oficial médico veterinario por hora dominical o festiva nocturna.2.87
4097Certificación de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia.
4097-1Certificación de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Ubicados en la Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. Hasta máximo tres (3) líneas de producción.593.04
4097-2Certificación de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Ubicados en la Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. Hasta máximo tres (3) líneas de producción.923.34
4097-3Certificación de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Ubicados en la Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. Hasta máximo tres 3 líneas de producción.1677.36
4097-4Certificación de habilitación por línea de producción adicional en fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.45.88
4097-5Certificación de habilitación por línea de producción adicional en fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.55.05
4097-6Certificación de habilitación por línea de producción adicional en fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.66.73
4098Evaluación de protocolos de estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE).158.66
4098-1Evaluación de cambios o enmiendas en los protocolos de estudios de Biodisponibilidad (BD) Bioequivalencia (BE).83.70
4099Certificación o renovación en Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE).386.54
4099-1Certificación o renovación en Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE) en el exterior Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.767.96
4099-2Certificación o renovación en Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE) en el exterior Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.1137.52
4099-3Certificación o renovación en Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE) en el exterior Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.2039.25
4100Certificación de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y puntos críticos de control (HACCP) en plantas de beneficio animal, desposte, desprese y acondicionadores de carne y productos cárnicos comestibles bajo Decreto 1500 de 2007.183.20
4200Dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.
4200-1Visita y certificado sanitario de apertura y funcionamiento de establecimientos que fabrican, ensamblan y reparan dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.169.15
4200-2Visita y certificado sanitario de apertura y funcionamiento de establecimientos que reparan dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.119.17
4200-3Visita de ampliación de líneas de certificado sanitario de apertura y funcionamiento de establecimientos que fabrican, ensamblan o reparan dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.119.30
4300Licencia de fabricación de derivados de cannabis.
4300-1Autorización o renovación de licencia para la fabricación de derivados de cannabis para el uso nacional o para exportación o investigación científica.135.62
4300-2Autorización o renovación de licencia para la fabricación de derivados de cannabis para el uso nacional exportación, o nacional e investigación, o investigación y exportación.141.38
4300-3Autorización o renovación de licencia para la fabricación de derivados de cannabis para uso nacional, investigación exportación.147.13
4300-4Modificación de licencia para la fabricación de derivados de cannabis.15.97

Cumplimiento de los incisos primero y segundo del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020

CódigoConceptoUVT

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario de medicamentos

90016Registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en Bogotá, D.C. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90017Registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90018Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gas medicinal o antiveneno en la modalidad de fabricar y vender con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90019Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gas medicinal o antiveneno en las modalidades de importar y vender, importar, semielaborar y vender e importar envasar y vender con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90020Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales y antivenenos, en las modalidades de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender. (Más 0 UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90021Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: fabricar y vender; importar, envasar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional. (Más 0 UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90022Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. (Más 0 UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90025Registro sanitario nuevo de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90026Registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender y que deban presentar estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90027Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: fabricar y vender; importar, envasar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en Bogotá, D.C. (Más 0 UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90028Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y Vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. (Más 0 UVT molécula nueva con o sin protección de datos): Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90029Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. (Más 0 UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90030Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de un medicamento de síntesis química en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. (Más 0 UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90031Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. (Más 0 UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90032Registro sanitario nuevo y evaluación farmacológica de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. (Más 0 UVT molécula nueva con o sin protección de datos). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90073Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90074Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90075Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90076Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90077Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de: Importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90078Registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Registro sanitario de productos fitoterapéuticos

90011Registro sanitario nuevo para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) en las modalidades de: Fabricar y vender; importar y vender, importar, acondicionar y vender, fabricar y exportar. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90037Registro sanitario nuevo automático para producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con revisión posterior en las modalidades de: Fabricar y vender, importar y vender, importar, acondicionar y vender y fabricar y exportar. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Renovación de registro sanitario de productos fitoterapéuticos

90012Renovación de registro sanitario para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) en las modalidades de: Fabricar y vender; importar y vender, importar, acondicionar y vender, fabricar y exportar, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90038Renovación automática de registro sanitario para preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFT) en las modalidades de: Fabricar y vender; importar y vender, importar, acondicionar y vender, fabricar y exportar, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Registro sanitario y renovación registro sanitario de suplementos dietarios

90013Formas de presentación sólidas: tabletas, cápsulas, polvos, granulados. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90014Formas de presentación líquidas: emulsiones, suspensiones, soluciones. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90015Formas de presentación semisólidas: jaleas, otras presentaciones semisólidas. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Registro sanitario de productos biológicos y vacunas y/o renovación registro sanitario de productos biológicos y vacunas

90023Registro sanitario nuevo o renovación con evaluación farmacológica de un medicamento biológico con o sin protección de datos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Vacunas

90024Registro sanitario nuevo o renovación con evaluación farmacológica de vacunas y hemoderivados con o sin protección de datos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Renovación de registro sanitario de medicamentos

90033Renovación de registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90034Renovación de registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta en Bogotá, D.C., con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90035Renovación de registro sanitario de un medicamento en la modalidad de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; y semielaborar y vender, con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90036Renovación de registro sanitario de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender y que deban presentar estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE), con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90079Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta en: el exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90080Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90081Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta en el exterior: Zona 3: Europa; Asía; Oceanía: México y Argentina, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90082Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 1: Centroamérica; el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90083Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90084Renovación de registro sanitario de medicamentos de síntesis química o gases medicinales en la modalidad de importar, envasar y vender con visita para evaluación farmacéutica en planta a nivel nacional e internacional: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía: México y Argentina, con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90071Registro sanitario y/o renovación de registro sanitario de un medicamento en la modalidad de fabricar y exportar. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90072Renovación automática del registro sanitario de un medicamento de síntesis química o gas medicinal en la modalidad de fabricar y exportar. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Registro sanitario de alimentos y/o renovación

90039Registro sanitario de alimentos de alto riesgo (variedades de 1 a 10). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90040Registro sanitario de alimentos de alto riesgo (variedades de 11 a 20). Exceptuada de pago en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90041Registro sanitario de alimentos de alto riesgo (variedades de 21 en adelante). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario para medicamentos homeopáticos

90042Formas farmacéuticas sólidas: Glóbulos, tabletas, grageas, cápsulas, polvos, granulados. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90043Formas farmacéuticas semisólidas: Cremas, geles, ungüentos, pastas, óvulos, supositorios, pomadas, jaleas. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90047Formas farmacéuticas líquidas: Emulsiones, suspensiones, jarabes, elixires, soluciones orales, soluciones tópicas y soluciones transdérmicas, lociones. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90048Formas farmacéuticas líquidas estériles: Soluciones inyectables, suspensiones inyectables, polvos para reconstituir a soluciones inyectables, polvos para reconstituir a suspensiones inyectables, liofilizados, soluciones oftálmicas, soluciones óticas. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Registro sanitario y/o renovación de bebidas alcohólicas

90044Licores: aguardiente, whisky, coñac, brandy, ron, vodka, ginebra, gyn, tequila, licor, cremas, licor anisado, pisco, grapa, cachaza, licores saborizados, armagnac (D. 1686/2012). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90045Cervezas (D. 1686/2012). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90085Registro sanitario de bebidas alcohólicas para microempresarios (D. 1366/2020). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90086Registro sanitario de bebidas alcohólicas para microempresarios certificados en BPM (de 1 hasta 10 amparamientos) (D. 1366/2020). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90087Registro sanitario de bebidas alcohólicas para microempresarios certificados en BPM (de 11 amparamientos en adelante) (D. 1366/2020). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90046Vinos, aperitivos, cocteles, refrescos vínicos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020 (D. 1686/2012).0.00

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario de reactivos de diagnóstico in vitro

90049Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 1 (un) producto. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90050Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 2 (dos) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90051Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 3 (tres) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90052Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 4 (cuatro) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90053Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 5 (cinco) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90054Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 6 (seis) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90055Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 7 (siete) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90056Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 8 (ocho) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90057Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 9 (nueve) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90058Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 10 (diez) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90059Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 11 (once) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90060Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 12 (doce) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90061Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 13 (trece) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90062Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 14 (catorce) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90063Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in vitro categoría I-II: 15 (quince) productos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90064Reactivos de diagnóstico in vitro categoría III. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90065Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: un (1) reactivo huérfano. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90066Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de uno (1) hasta diez (10) reactivo. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90067Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de once (11) hasta veinte (20) reactivos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90068Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de veintiuno (21) hasta treinta (30) reactivos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90069Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de treinta y uno (31) hasta cuarenta (40) reactivos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90070Registro sanitario nuevo o renovación automática de reactivos in vitro: de cuarenta y uno (41) hasta cincuenta (50) reactivos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Registro sanitario y/o renovación registro sanitario simplificado de medicamentos homeopáticos simples

90088Formas farmacéuticas sólidas: Glóbulos, tabletas, grageas, cápsulas, polvos, granulados. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90089Formas farmacéuticas líquidas: Emulsiones, suspensiones, jarabes, elíxires, soluciones orales, soluciones tópicas y soluciones transdérmicas, lociones. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90090Formas farmacéuticas semisólidas: Cremas, geles, ungüentos, pastas, óvulos, supositorios, pomadas, jaleas. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Registro sanitario de dispositivos médicos y/o renovación registro sanitario de dispositivos médicos

90091Registro sanitario o renovación automática para dispositivos médicos y equipos biomédicos que no sean de tecnología controlada clase I y IIA. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90092Registro sanitario o renovación para dispositivos médicos y equipos biomédicos que no sean de tecnología controlada clase IIB y III. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Registro sanitario de productos plaguicidas de uso doméstico y/o renovación registro sanitario de productos plaguicidas de uso doméstico

90093Plaguicidas de uso doméstico o de uso en salud pública. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00

Otros procedimientos

90094Modificación de registro sanitario. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90095Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde uno (1) hasta dos (2): etiquetas, presentaciones comerciales, variedades de vinos o diseño de etiquetas. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90096Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde tres (3) hasta cinco (5): etiquetas, presentaciones comerciales, variedades de vinos o diseño de etiquetas. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90097Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde seis (6) hasta diez (10): etiquetas, presentaciones comerciales, variedades de vinos o diseño de etiquetas. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90098Modificación de composiciones y/o adición de variedades; cambio de marca comercial; cambio de fabricante; cambio de importador; etiquetas con cambio o adición presentaciones comerciales y/o agotamiento de etiquetas de bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítem del registro sanitario. Desde once (11) en adelante: etiquetas, presentaciones comerciales, variedades de vinos o diseño de etiquetas. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90099Modificación del registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambios de calidad de baja complejidad y aspectos legales, con autorización de agotamiento (ver instructivo). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90100Modificación por cambios en el contenido de un registro sanitario de medicamentos de síntesis o biológico por aspectos legales con autorización de agotamiento (ver instructivo). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90101Modificación de registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambios de calidad de alta complejidad con autorización de agotamiento (ver instructivo). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90102Modificación del registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambios de calidad de alta complejidad y aspectos legales, con autorización de agotamiento (ver instructivo). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90103Modificaciones de registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambios que afectan la calidad por cambios de calidad de baja complejidad con autorización de agotamiento (ver instructivo). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90104Modificaciones por cambios en el contenido de un registro sanitario de medicamento homeopático o suplemento dietario por aspectos legales. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90105Modificaciones por cambios en el contenido de un registro sanitario de medicamento homeopático o suplemento dietario por aspectos técnico-legales. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90106Modificación al registro sanitario de suplementos dietarios por cambios en: nuevas declaraciones de propiedades nutricionales o de apoyo nutricional o en salud de rótulos y etiquetas que requieren concepto previo del Invima. La evaluación de declaraciones ante la Sala será máximo de tres (3) por producto. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90107Modificación al registro sanitario por cambio en: utilidad terapéutica, contraindicaciones. advertencias, condición de comercialización, vías de administración mientras no se altere la forma farmacéutica, información para prescribir, inserto, otros que impliquen cambio en la eficacia y seguridad que requieren concepto previo de la Sala Especializada de Medicamentos Homeopáticos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90108Modificación de registro sanitario por cambios que afecten la eficacia, la seguridad y/o aspectos farmacológicos del medicamento con excepción de la modificación de registro sanitario por ampliación de indicaciones. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90109Modificación del registro sanitario de un medicamento de síntesis o biológico por cambio de modalidad. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90110Modificación del registro sanitario de productos biológicos por cambios que afecten la calidad y que requieran concepto de la comisión revisora. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90111Modificación automática legal de registro sanitario de alimentos, relacionadas únicamente con cambios en el nombre o razón social, dirección, domicilio, cesiones, adiciones o exclusiones de titulares, fabricantes, envasadores e importadores y cambios de modalidad. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90112Modificación automática de registro sanitario de alimentos que presenten máximo dos (2) cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán incluir cambios legales. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90113Modificación automática de registro sanitario de alimentos que presenten entre tres (3) y ocho (8) cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán incluir cambios legales. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90114Modificación automática de registro sanitario de alimentos que presenten entre nueve (9) y catorce (14) cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán incluir cambios legales. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90115Modificación automática de registro sanitario de alimentos que presenten quince (15) o más cambios técnicos. Adicionalmente, se podrán incluir cambios legales. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90116Modificaciones de carácter legal automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico in vitro reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90117Modificaciones de carácter técnico automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico in vitro reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90118Modificaciones de carácter legal y técnico automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico in vitro reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90119Modificación automática de registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gases medicinales o antivenenos por aspectos legales y combinación entre éstos, con agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90120Modificación automática de registro sanitario de medicamentos de síntesis química, gases medicinales o antivenenos por aspectos técnicos, combinación entre éstos y de técnicos con legales, con agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90121Modificación de registro sanitario de por cambios que afectan la calidad del medicamento y que requieren presentar estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE). Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90122Modificaciones automáticas por cambios de tipo legal en el contenido de un registro sanitario de preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90123Modificaciones automáticas por cambios de tipo técnico-legal en el contenido de un registro sanitario de preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90124Modificaciones por cambios de tipo técnico-legal en el contenido de un registro sanitario de preparación farmacéutica con base en plantas medicinales (PFM) o producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) con autorización de agotamiento. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90125Modificaciones al registro sanitario de preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales (PFM), producto fitoterapéutico tradicional (PFT) o importado (PFTI) por cambios en: usos terapéuticos, condiciones de comercialización, contraindicaciones, advertencias, precauciones, posología, entre otros, que impliquen cambios en la eficacia o seguridad de productos fitoterapéuticos que requieren concepto previo del Invima. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
90126Evaluación para modificación de registro sanitario para ampliar indicaciones de medicamentos. Exceptuada de pago, en el marco del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2069 de 2020.0.00
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Última actualización: 30 de agosto de 2024 - (Diario Oficial No. 52.847 - 13 de agosto de 2024)

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