CIRCULAR 52 DE 2012
(diciembre 27)
Diario Oficial No. 48.657 de 28 de diciembre de 2012
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 21 de 2015>
Para: | USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO |
De: | DIRECTORA DE COMERCIO EXTERIOR (E) |
Asunto: | ADICIÓN DE VISTOS BUENOS A LA LISTA DE PRODUCTOS DEL ANEXO 12 DE LA CIRCULAR NÚMERO 050 DE 2012. |
Fecha: | Bogotá, D. C., 27 de diciembre de 2012 |
Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que con ocasión de nuevas disposiciones relacionadas con la exigencia de requisitos, permisos, certificaciones, autorizaciones o vistos buenos previos a la importación exigidos y de los ajustes efectuados por algunos productos por parte del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima, las siguientes subpartidas listadas en el Anexo 12 de la Circular número 050 de 2012, en la casilla denominada “control” se encuentran sujetas a Visto Bueno (VB) por parte de la menciona entidad:
La subpartida 0307890000 requiere de Visto Bueno, excepto cuando se trate de animales vivos.
Se excluye del Anexo 12 de la Circular número 050 de 2012, la subpartida arancelaria 2931901200.
La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Cordialmente,
ÁNGELA JEANETH OSPINA ENCISO.
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