Normograma

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2013
ce siii e 27870 de 2013 - Carácter autónomo de las medidas sanitarias de seguridad. "[l]a medida sanitaria es una actuación independiente del acto administrativo que resuelve el proceso sancionatorio: si bien una vez se impone una medida sanitaria de seguridad se debe proceder de manera inmediata a iniciar el proceso sancionatorio (art. 109), como en efecto ocurrió en el caso en estudio, este último también puede existir con independencia de la medida sanitaria, ya que puede ser activado "de oficio a solicitud o información del funcionario público, por denuncia o queja debidamente fundamentada presentada por cualquier persona" (art. 111)… [l]a medida sanitaria se levanta "cuando se compruebe que han desaparecido las causas que la originaron" (art. 110) y no necesariamente en la decisión que resuelve el proceso sancionatorio. [c]omo se mencionó, la medida sanitaria… fue revocada mediante el acta de visita…, mientras que el proceso sancionatorio siguió su curso… en consecuencia, cada una de esas decisiones deben ser demandadas de forma independiente, así entre ellas haya afinidad en el fundamento fáctico… [e]n la medida en que la resolución…, resultó favorable a las pretensiones de la parte actora, por cuanto estableció que el laboratorio no había incurrido en violación de las disposiciones sanitarias…, es claro que el daño no surgió con ocasión de dicho acto administrativo… en ese orden de ideas, las pretensiones de la parte actora que buscan establecer la responsabilidad… del invima por "los daños irrogados a la demandante, con ocasión de la injusta, ilegal y arbitraría suspensión de actividades de producción de medicamentos" exceden la naturaleza de la acción de reparación directa, ya que esta debió impugnar esa decisión de la administración a través de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho. la anterior conclusión impone la necesidad de revisar la caducidad de la acción idónea"
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"Normograma del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA"
Última actualización: 30 de agosto de 2024 - (Diario Oficial No. 52.847 - 13 de agosto de 2024)

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