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RESOLUCIÓN 14985 DE 1988

(octubre 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE SALUD

Por la cual se autoriza el uso de unas enzimas y de la Pimaricina en Productos Cárnicos,

EL MINISTERIO DE SALUD

En uso las facultades legales, en especial las que le otorga el Decreto 2103 de 1983, articulo 8o, y

CONSIDERANDO

Que el Comité de que trata el Decreto 2106 de 1983, artículo 7o, estudió la solicitud presentada por la industria para la utilización de las enzimas LACTASA y LIPASA en los producidos lácteos.

Que la Investigación realizada sobre el particular y los conceptos de los técnicos consultados sobre la inocuidad del uso de estas enzimas, así como los datos de Codex Alimentahus, aseguran que no existe problema para poderlas utilizar en el campo de los productos lácteos.

Que la Comisión Revisora de Productos Farmacéuticos, según Acta 012 de 1988, conceptuó que se puede aceptar el uso de la Pimaricina en la parte externa de los productos cárnicos.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Autorizar el uso de las enzimas LACTASA Y LIPASA en la elaboración de productos lácteos.

ARTÍCULO 2o. Autorizar el uso de la PIMARICINA como antimicólico, en la parte externa de los productos cárnicos.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.E. a los 6 días del mes de octubre de 1988.

LUIS H. ARRAUT ESQUIVEL

Ministro de Salud

MANUEL F. MANJARRES A.

Secretario General

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