RESOLUCION 30788 DE 2012
(octubre 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS, INVIMA
Por la cual se delegan unas funciones a la Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 2007, y el Decreto 2078 de 2012 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, indica: “Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley".
Que en concordancia con lo anteriormente señalado, en el numeral 2 del artículo 4 del Decreto 2078 de 2012 determinó que en cumplimento de sus objetivos el INVIMA tiene la función de “Certificar en Buenas Prácticas y Condiciones Sanitarias a los establecimientos productores de los productos mencionados en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 (...).'
Que el Director de Medicamentos y Productos Biológicos del Instituto pertenece al nivel directivo y atendiendo razones administrativas y operativas y la oportunidad en cumplimiento de las funciones y actividades a cargo, es procedente efectuar la delegación de la totalidad de tales actividades en el Director de Medicamentos y Productos Biológicos.
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Delegar en el Director de Medicamentos y Productos Biológicos, la facultad de certificar en Buenas Prácticas y Condiciones Sanitarias a los establecimientos productores de los medicamentos, productos fitoterapéuticos, suplementos dietarios, productos biológicos y demás afines a su naturaleza.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., el 19 de Octubre de 2012
BLANCA ELVIRA CAJIGAS DE ACOSTA
Directora General