RESOLUCIÓN 11308 DE 2002
(Mayo 31)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
NSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTO
Por la cual se adoptan unos conceptos y recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUCIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS INVIMA
En uso de las facultades legales, especialmente las conferidas en el numeral 11 del articulo 8 del Decreto 1290 de 1994, el articulo 16 del Decreto 123 de 1.995 y el Decreto 00936 de 1.996.
CONSIDERANDO
Que es función legal del INVIMA expedir los Registros Sanitarios de los productos establecidos en el Articulo 245 de la ley 100 de 1993, así como la renovación, modificación y cancelación de los mismos, el control y vigilancia conforme a las reglamentaciones vigentes sobre la materia.
Que conforme al articulo 16 del Decreto 123 de enero 13 de 1995, la Comisión Revisora es un órgano de Asesoria del INVIMA, y su composición y funciones se señalan en el Decreto 000936 del 27 de mayo de 1.996.
Que de acuerdo con el Decreto 000936, la Comisión Revisora esta conformada por Salas; sus conceptos, decisiones o recomendaciones, se emiten por escrito, consignados en actas al finalizar las respectivas sesiones.
Que en materia de regulación administrativa, se considera que los conceptos y opiniones que emiten los Órganos Asesores de la Administración no son actos administrativos y en el ejercicio de sus funciones, se convierte en decisiones obligatorias, oponibles a los particulares, a través de actos administrativos, manifestación de voluntad de un ente de derecho, susceptible de producir efectos jurídicos.
Por lo anterior, el INVIMA, frente a las decisiones o recomendaciones de las Salas Especializadas de Comisión Revisora, decidirá cuales de esas adoptara, a través de actos administrativos expedidos por el Director General.
Que en merito de lo expuesto, la Dirección General,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar todos los conceptos y recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas, en los asuntos tratados en la sesión celebrada el 29 de abril de 2002, tal y como consta en el Acta Numero 05 de 2002.
ARTÍCULO SEGUNDO. El secretario Ejecutivo de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas de la Comisión Revisora, expedirá una certificación que debe contener los conceptos y recomendaciones emitidos por esta Sala, correspondiente a los numerales del Acta No. 05 aquí adoptados, para que hagan parte de al presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución, rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogota, a los 31 de mayo de 2002
CAMILO URIBE GRANJA
Director General INVIMA