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CONCEPTO 3005721 DE 2018

(junio 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS, INVIMA

Bogotá D.C.

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Respuesta solicitud Concepto establecimiento XXXXX, radicado No. 20183005129.

Cordial saludo,

En atención a su solicitud de concepto jurídico respecto al cumplimiento de lo estipulado en el PROCEDIMIENTO DE INSPECCION EN SITIO, IVC-INS-PR001 V02, en la actividad: “Notificar el Resultado de la Visita de Inspección (...)” teniendo en cuenta la dificultad de realizar visita de IVC al establecimiento XXXXX, ubicado en la carrera 3 No. 16-58, Barrio XXXXX, XXXXX, XXXXX, representada legalmente por el XXXXX, toda vez que los intentos de visita realizadas por los funcionarios del Grupo de Trabajo Territorial Costa Caribe 2 del Invima, los días 11 de julio de 2017,12 de enero y 06 de junio de 2018, no tuvieron un resultado positivo de ingreso a las instalaciones con el fin de obtener un concepto sanitario, de lo cual se dejó constancia en las actas, el Despacho considera importante tener en cuenta lo siguiente:

De lo descrito en las actas, se evidencia que se ha atendido lo previsto en el procedimiento de inspección en sitio código IVC-INS-PR001 V02, ya que en el caso en particular se ha intentado de acuerdo a nuestras competencias el ingreso al lugar vigilado, sin que a la fecha se haya logrado el acceso al mismo, dejando la evidencia en las actas anexas a la presente solicitud.

Es preciso señalar que corresponde al Invima la inspección, vigilancia y control a establecimientos, para la emisión de concepto sanitario, esto teniendo en cuenta la gestión del riesgo, con el fin de verificar el cumplimiento de la reglamentación sanitaria vigente, en especial la Ley 9 de 1979 y Resolución 2674 de 2013; esta última en su artículo 3o define concepto sanitario de la siguiente manera:

“CONCEPTO SANITARIO Es el concepto emitido por la autoridad sanitaria una vez realizada la inspección, vigilancia y control al establecimiento donde se fabriquen, procesen, preparen, envasen, almacenen, transporten, distribuyan, comercialicen, importen o exporten alimentos o sus materias primas. Este concepto puede ser favorable o desfavorable, dependiendo de la situación encontrada.”

En consideración a lo antes expuesto y atendiendo los lineamientos que se han impartido por parte del Grupo Unidad de Reacción Inmediata y la emisión del procedimiento visitas dé lucha contra ilegalidad, contrabando y corrupción Código: GDI-GRI-PR006 previsto para planear y articular visitas con autoridades de fuerza pública, entre otras, a efectos de adelantar acciones de inspección, vigilancia y control,..orientadas a eliminar o minimizar riesgos, daños e impactos negativos para la salud humana por el uso y consumo de bienes y servicios”: recomendamos coordinar con el Grupo Unidad de Reacción Inmediata las actuaciones a seguir, para lograr el acceso al establecimiento.

Lo anterior, para efectos de lograr adelantar las acciones de IVC con el fin de garantizar la calidad e inocuidad del producto fabricado. En caso de aplicación de medidas sanitarias de seguridad se deberá compulsar copia a la Dirección de Responsabilidad Sanitaria del Instituto, para que inicie el correspondiente proceso sancionatorio.

Es preciso informar a su vez a la Secretarias de Salud de Montería y de Córdoba, sobre el desconocimiento de las condiciones de fabricación del producto, dada la renuencia de permitir el acceso por parte del propietario del establecimiento HIELO DE LA SANTA CRUZ LC, a los funcionarios del INVIMA para que inicien acciones de IVC en cumplimiento de las competencias establecidas en la Ley 1122 de 2007 respecto del producto que se encuentra en el mercado, pues los mismos, de encontrarse, no cuentan con concepto favorable para fabricación emitido por la entidad, adicional teniendo en cuenta que en la última visita efectuada en el mes de junio, índica el propietario “que el establecimiento no se encontraba en funcionamiento y que tenían (sic) hielo en el mismo el cual compraban (sic) a otro fabricante”, sin embargo se evidenció maquinaria en funcionamiento.

En todo caso, la Oficina Asesora Jurídica se encuentra presta a brindar cualquier asesoría o concepto que se requiera en desarrollo de sus funciones.

Cordialmente,

MELISSA TRIANA LUNA

Jefe Oficina Asesora Jurídica

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