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CIRCULAR 1240 DE 2013

(Mayo 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS, INVIMA

Para:Importadores, Agencias de Aduana, usuarios en general y funcionarios de las oficinas INVIMA ubicadas en los Sitios de Control en Primera Barrera, puertos marítimos y Fluviales, Aeropuertos y Pasos Fronterizos.
De:Director de Alimentos y Bebidas
Asunto:Certificado HACCP para productos de la pesca importados a Colombia.

La Dirección de Alimentos y Bebidas informa, que debido a la recurrente y reiterada presentación de documentación no adecuada en las radicaciones de Certificaciones de Inspección Sanitaria para nacionalización en las oficinas del INVIMA ubicadas en Puertos Marítimos y Fluviales, Aeropuertos y Pasos de Frontera, se les recuerda a todos los usuarios de este trámite ante el Instituto que el artículo 4 de la resolución 730 de 1998 establece:

ARTICULO 4. El importador de productos pesqueros y acuícolas para el consumo humano, deberá presentar en el puerto o sitio de ingreso al país un certificado o documento expedido por autoridad competente o por terceros acreditados o reconocidos, del país exportador, en el cual conste que los productos importados han sido procesados bajo el sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control - HACCP.

En ese sentido, este Instituto requiere como requisito indispensable la presentación de un certificado HACCP para TODO cargamento de productos pesqueros y acuícolas, que sea objeto de importación a Colombia, el cual debe cumplir las siguientes características:

- Que la certificación cuente con los datos completos del establecimiento donde se procesan estos productos.

- Ser emitido por la autoridad sanitaria competente o por tercero acreditado. Para este último se debe presentar la certificación de autorización por parte de la autoridad competente para la expedición de esta certificación.

- Presentarse en Copia en la oficina INVIMA del puerto, aeropuerto o paso fronterizo por el cual ingresan al país los productos.

Agradecemos su colaboración y el cumplimiento de lo establecido en la norma.

Cordialmente,

HARRY ALBERTO SILVA LLINÁS

Director de Alimentos y Bebidas

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