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CIRCULAR 361 DE 2016

(septiembre 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS, INVIMA

Para:Fabricantes e importadores de dispositivos médicos y usuarios en general
De:Dirección General
Asunto:Renovaciones Registros Sanitarios I y IIA de dispositivos médicos

Con el fin de dar claridad, respecto al procedimiento a seguir para las renovaciones de registros sanitarios y permisos de comercialización expedidos por la Dirección de Dispositivos Médicos y otras Tecnologías, me permito indicar lo siguiente:

El artículo 32 del Decreto 4725 de 2005, establece.

“Artículo 32. De las renovaciones de los registros sanitarios y permisos de comercialización. Las renovaciones de los registros sanitarios v permisos de comercialización se realizarán siguiendo el mismo procedimiento de su expedición en lo que hace referencia a las evaluaciones técnica v legal. Para las mismas, se podrá realizar análisis de control de calidad y evaluación del proceso de elaboración, cuando sea del caso y del cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura para Dispositivos Médicos, BPM, vigentes.

Los registros sanitarios y permisos de comercialización de que trata el presente decreto se renovarán bajo el mismo número que tenía inicialmente pero seguida de la letra R, adicionada con el número 1, 2 y así sucesivamente.

La solicitud de renovación deberá radicarse ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, con tres (3) meses de anterioridad al vencimiento del respectivo registro sanitario o permiso de comercialización.

Toda solicitud de renovación de un registro sanitario o permiso de comercialización que no sea presentada en el término previsto, se tramitará como nueva solicitud. ” (Subrayado fuera de texto)

En este contexto, los registros sanitarios y permisos de comercialización emitidos para Dispositivos Médicos o Equipos Biomédicos, se renuevan siguiendo el mismo procedimiento que surtieron para su expedición, es decir, aquellos que fueron expedidos de manera automática se renovarán bajo el mismo procedimiento y aquellos que fueron expedidos realizando un control previo, se renovarán de la misma manera.

Por lo expuesto anteriormente, informamos que a partir del lunes 03 de Octubre de 2016, la Dirección de Dispositivos Médicos y Otras Tecnologías a través de la Ventanilla Única de Dispositivos Médicos de la Oficina de Atención al Ciudadano, expedirá las renovaciones automáticas de los Dispositivos Médicos de Clase I y HA.

Cordialmente.

JAVIER HUMBERTO GUZMÁN CRUZ

Director General

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