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CIRCULAR EXTERNA 26 DE 2017

(agosto 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

Para:Representante Legal, Director de Banco de Sangre y Servicios de Transfusion
De: Directora General del Instituto Nacional de Salud - INS-
Asunto: Del ingreso, la administración y el tratamiento de datos en el sistema de información SIHEVI

El Instituto Nacional de Salud -IMS- en desarrollo de las funciones establecidas en el Decreto 2774 de 2012, artículo 2, numerales 11 y 17, desarrolló el Sistema de Información de Hemovigilancia -SIHEVI-INS para la recolección, registro y manejo de datos relacionados con el proceso de donación y transfusión de sangre en Colombia.

El SIHEVI-INS es un sistema de información que contiene los datos reportados por los actores de la Red Nacional Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión a través de los usuarios registradas ante la Coordinación de la Red Nacional de Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión de la Dirección Redes en Salud Pública del Instituto Nacional de Salud.

Con la implementación del SIHEVI-INS se busca mejorar las condiciones de salud pública en todos los procesos asociados a bancos de sangre y servicios de transfusión.

El SIHEVI-INS se rige por las políticas públicas y a la normatividad vigente en salud aplicable a los integrantes de la Red Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión (Decreto 1571 de 1993, Decreto 3518 de 2006, Resolución 1841 de 2013, Ley 1751 de 2015 y demás normas que las complementen o modifiquen), que incluyen la definición y el funcionamiento del Sistema de Información relacionado con datos de interés en salud pública.

En particular, la información ingresada al SIHEVI-INS atiende a las disposiciones generales establecidas para la administración de datos del artículo 2 de la Ley 1266 de 2008 y, por los principios de tratamiento de datos consagrados en el artículo 4 de la Ley 1581 de 2012 - ambas normas estatutarias de los artículos 15 y 20 constitucionales - y, por ello gozará de veracidad, seguridad y confidencialidad.

En el mismo sentido, la información contenida en el SIHEVI-INS está sujeta a lo reglado mediante Resolución No. 1607 de 2014 -por medio de la cual se adopta el reglamento de propiedad intelectual del INS-; la Ley 1712 de 2014, artículo 19 y; el Decreto 780 de 2016, articulo 2.8.8.1.2.5.

El Instituto Nacional de Salud -INS-, dispondrá de la plataforma tecnológica para la puesta en marcha y operación del sistema de información y brindará los mecanismos de seguridad necesarios para proteger la información y el procesamiento de la misma; sin embargo, es responsabilidad de los bancos de sangre y servicios de transfusión, que los usuarios que acceden al aplicativo, dispongan de los elementos apropiados para una buena experiencia en el momento cíe hacer uso del aplicativo (p.ej. velocidad del canal de internet, equipo de cómputo con versiones de navegador compatibles con el aplicativo entre otras variables que pueden generar conceptos errados sobre la funcionalidad del aplicativo).

El Representante legal o el Director del banco de sangre o servicio de transfusión, registrarán, mediante comunicación remitida al INS, aquellos usuarios que tengan el perfil para cargar información, así como los usuarios con el perfil de consultas la cual se relacione su nombre, número de identificación, correo electrónico, teléfono y dirección de contacto. El Representante Legal y el Director del banco de sangre y del Servicio de Transfusión, serán responsables de verificar el cumplimiento de la normatividad vigente relacionada con el aplicativo SIHEVI-INS. Adicionalmente el usuario deberá suscribir el respectivo acuerdo de confidencialidad con el INS.

Una vez registrados, tanto a los usuarios con perfil para cargar información así como a los usuarios autorizados para consulta, la Coordinación de la Red Nacional de Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión del INS le suministrará una clave cuyo uso será personal e intransferible. Cualquier modificación en la designación del usuario, deberá ser informada en forma inmediata al INS por el Director del Banco de Sangre o del Servicio de Transfusión y siempre bajo responsabilidad del representante legal.

Cordialmente,

MARTHA LUCIA OSPINA MARTINEZ

Directora General (E)

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